Ordenanza N°: 948
fecha: 05/09/2024
Estado: En vigencia

​VISTO: El Expediente Nº 089/HCD-B/2024 caratulado “Proyecto de Ordenanza del Bloque U.C.R. Dispóngase la eliminación de archivos de papel destinados a otorgar la licencia de conducir, acopiados hasta el 31 de diciembre de 2.019 en el Centro de Emisión de Licencia Nacional de Conducir municipal”; y

CONSIDERANDO: El estudio del expediente de referencia realizado por los Ediles integrantes de la Comisión de Legislación General, Peticiones, Poderes, Reglamento y Derechos Humanos del H. Cuerpo a través del Dictamen N° 24-075;

El Centro de Emisión de Licencia Nacional de Conducir municipal que funciona desde 2.017 en el Parque Recreativo Dueño del Sol;
Que el trabajo diario de dicho Centro conlleva al registro y archivo de la documentación de los aspirantes a obtener la licencia, en cualquiera de sus modalidades;

Que esos archivos de documentación se encuentran ubicados físicamente en el mismo espacio en el que se desarrollan las tareas y exámenes, lo cual representa una acumulación en formato papel con las incomodidades que ese acopio causa;

Que el resguardo de esta documentación se produce de acuerdo a las leyes provinciales, estableciendo como mínimo un total de 10 años, aun habiéndose producido la caducidad de las licencias otorgadas, en cualquiera de sus modalidades, las cuales suman a la fecha aproximadamente 40.000, encontrándose los archivos resguardados desde el inicio del Centro;

Que la renovación establecida para cada caso, requiere una nueva presentación de documentación, como así también un nuevo examen, generando un nuevo expediente en papel;

Que se hace necesario contemplar este aspecto, sobre todo, teniendo en cuenta que el formato digital avanza como forma de ejecución y resguardo de toda acción administrativa, en toda la administración pública, municipal, provincial y nacional;

Que el estudio realizado por los Ediles en Comisión considera que es necesario realizar esta tarea de eliminar los archivos en papel, por los fundamentos expuestos anteriormente y que sean reciclados por quienes corresponda, por lo tanto se sugiere la aprobación de este proyecto; y

Las facultades otorgadas por la Ley 1.079 Orgánica de Municipalidades:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN
ORDENA:

Artículo 1º: Dispóngase la eliminación de archivos de papel destinados a otorgar la licencia de conducir, acopiados hasta el 31 de diciembre de 2.019 en el Centro de Emisión de Licencia Nacional de Conducir municipal.-

Artículo 2°: Establézcase como período de guarda de los archivos de papel, en los registros determinados por el ente correspondiente según su vigencia, a saber:
*Para Otorgamiento y Renovación de 18 a 20 años: 3 años de guarda
*Para Otorgamiento y Renovación de 21 a 61 años: 5 años de guarda
*Para Otorgamiento y Renovación de 66 a 70 años: 3 años de guarda
*Para Otorgamiento y Renovación de 71 años en adelante: 1 año de guarda
*Para Otorgamiento y Renovación de Carnet Profesional: hasta los 45 años: 2 años de guarda
*Para Otorgamiento y Renovación de Carnet Profesional: Más de 46 años: 1 año de guarda.

Artículo 3º: El Departamento Ejecutivo proveerá y establecerá los medios para la destrucción de los archivos mencionados en los artículos precedentes.-

Artículo 4°: Pase al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES CABILDO DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN, A LOS CINCO DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO.-

JULIO EDUARDO MERCADO
Secretario
H.C.D. de JUNIN

RICARDO MORCOS
Presidente
H.C.D. de JUNIN

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