DECLARACIÓN N° 054 / 2.020
VISTO: El Expediente Nº 128/HCD-B/20 caratulado “Proyecto de Resolución del Edil M. Saez. Adherir a la Declaración de Necesidad de la Reforma de la Constitución de Mendoza”;
CONSIDERANDO: El estudio del expediente de referencia realizado por los Ediles integrantes de la Comisión de Legislación General, Peticiones, Poderes, Reglamento y Derechos Humanos del H. Cuerpo a través del Dictamen Nº 20-117;
Que nos encontramos a casi un siglo de la consagración de la Constitución de 1.916, y consideramos que existen nuevos temas, instituciones, derechos y actores que, tal vez, merezcan su incorporación en una reforma de la Constitución;
Que la actual realidad política institucional, nos permite ponderar desde nuestra experiencia actual, los aciertos y errores de los contenidos de nuestra Constitución de 1.916. La reforma de la Constitución de la Provincia es un tema pendiente de todos los mendocinos;
Que hoy estamos en condiciones, por todo lo expuesto, de analizar reflexivamente la vigencia de las instituciones previstas por la actual Constitución, la necesidad de posibles modificaciones y también la de consagrar algunas de ellas en el plexo normativo;
Que sin perjuicio de la importancia de todos los temas incluidos en el proyecto, la principal intención de este proyecto es el fortalecimiento del sistema municipal de la Provincia de Mendoza;
Que sí la representación territorial de los departamentos surge como un postulado que reiteradamente se ha intentado plasmar en vistas a asegurar el necesario equilibrio entre los departamentos de la provincia en el Poder Legislativo; ello supone la modificación, en los demás aspectos atinentes a la composición y funcionamiento, del órgano legislativo;
Que asimismo se propone la recepción en la Constitución de Mendoza, de lo ordenado por el Artículo 123º de la Constitución Nacional, (reformado en 1.994), a fin de instaurar la autonomía municipal en la Provincia;
Que con la aprobación del presente proyecto, nos posibilitaremos el debate y las propuestas que permitan aspirar a dejar el legado de una mejora institucional para las futuras generaciones;
Que el presente proyecto tiende a instalar en la opinión pública y en la Honorable Legislatura de la Provincia, el presente proyecto de ley, por el cual se propone la declaración de la necesidad de la reforma de la Constitución de la Provincia de Mendoza; y
Las facultades otorgadas por la Ley 1.079 Orgánica de Municipalidades:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN
DECLARA:
Artículo 1°: Adherir a la Declaración de la Necesidad de la Reforma de la Constitución de la Provincia de Mendoza, presentada por el Poder Ejecutivo ante la H. Cámara de Senadores.-
Artículo 2º: Remítase copia del presente a la Honorable Legislatura de la Provincia de Mendoza.-
Artículo 3º: Regístrese, hágase saber y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES CABILDO DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN, EL DÍA UNO DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTE.-
JULIO EDUARDO MERCADO / Secretario H.C.D.
RICARDO MORCOS / Presidente H.C.D.