ORDENANZA N° 111 / 1999
VISTO: El informe elevado por la Secretaría de Hacienda con Nota N° 230 de fecha 9 de Abril de 1.999 constante de una cantidad de 26 fojas firmado por la Secretaria de Hacienda de la Municipalidad de Junín Contadora Elba Natividad Catena.Y la Ordenanza 101/99 (Presupuesto Anual) en sus artículos 12 y 13 ( Eventos y Gastos para Eventos) Festival del Pollo y el Olivo, Triatlón, Vendimia y Vuelta Ciclística Junín; y
CONSIDERANDO: El estudio del informe de referencia realizado por los integrantes del Honorable Concejo Deliberante de Junín, constituido en Comisión;y
Que en la citada Ordenanza de Presupuesto en su artículo 13 el Festín del Pollo y el Olivo tenía un Presupuesto otorgado de $ 10.000.
Que la Vuelta Ciclística Junín contaba con un presupuesto de $ 2.000.-
Que la Fiesta de la Vendimia contaba con un Presupuesto de $ 30.000.-
Que el Triatlón Sol y Luna tenía un Presupuesto de $ 5.500.-
Que los pedidos de gastos han sido firmados por los Directores de Cultura y Deporte respectivamente.-
Que,lo que respecta a la Vuelta Ciclística de Junín y al Triatlón han estado dentro de lo pautado en la Ordenanza 101/99, pero en el caso de la Fiesta de la Vendimia realizada en el mes de Enero observamos que hay un gasto total de $ 42.547,62 , con un gasto excedido de $ 12.547.62 según consta en informe (fs.2) , de los cuales podemos deducir que hay aportes de diversas Entidades que suman un total de $ 4.500. y que en gastos de Bienes de Consumo que nos informan los Directores del Municipio por un total de $ 2.153,08 , son insumos comprados , si bien para la Vendimia, pero que quedan como material de uso para el municipio y que nos manifiestan que se utilizan el resto del año (Chapadur, maderas, restauración del palco móvil). Lo que a nuestro entender no debe ser tenido en cuenta como gastos diversos en lo que se refiere a Servicios por un monto $ 2.115,55 ya que los cuales han sido erogaciones realizadas para ornamentación y gastos propios de la vendimia por ej. peinados de las reinas, iluminación y sonido del carro, letreros de ornamentación, restauración en general del carro y publicidad , bajo expedientes N° 1.384/98; 1.385/99 ; 1.250/98 ; 1.249/98; 1539/98, 97/99 y 882/99, por lo tanto deduciendo del gasto excedido de $ 12.547,62 debemos restar los gastos destinados por aportes, más los gastos de Bienes de Consumo, nos queda un saldo negativo de $ 5.894,54 .-
Que,con respecto al Festín del Pollo y el Olivo, observando el informe de fs.3 dado por la Secretaria de Hacienda, tenemos un gasto total de $ 32.485,43, de los cuales está autorizado por la Ordenanza 101/99 Art.13, un total de $ 10.000, pero atento a que en el art.12 de la misma ordenanza manifiesta que lo recaudado en concepto de entradas , locaciones u otros aportes contribuirían a cubrir los gastos de dicho evento , es así que podemos observar que ha sido tenido en cuenta un subsidio de la provincia de $ 10.000, más un total ingresado por tesorería de $ 8.056,90, lo cual nos arroja un gasto excedido neto de $ 4.428,53.-
Que el Departamento de Junín por segundo año consecutivo viene sufriendo inclemencias climáticas (Granizos y vientos) por lo que fue declarado en emergencia agropecuaria y que es incesante la cantidad de pedidos de subsidios, refuerzos alimentarios y todo tipo de materiales de construcción por parte de los afectados por la crisis socio-económica del departamento. Sumado a esto, el cierre de fábricas agroindustriales que han dejado una gran cantidad de ciudadanos de Junín sin trabajo, es que consideramos poco oportuno haber excedido los gastos aprobados por presupuesto (Festín del Pollo y Vendimia $ 40.000 ) , más subsidios e ingresos que suman un total de $ 22.556,90, en los dos eventos y teniendo en cuenta que $ 2.153,08 han sido pagados con la Cuenta de Bienes de Consumo del Presupuesto General del Municipio, no vemos ningún justificativo de que entre los dos eventos haya habido un gasto en exceso de $10.323,07, siendo que uno de los rubros de mayor incidencia ha sido de publicidad.-Gastos que son absolutamente previsibles al momento de organizar y distribuir la partida presupuestaria, lo que descarta de plano la hipótesis de que si bien hubo llovizna, el total de ingresos por entradas y alquileres de espacios publicitarios y expendio de comidas ha sido similar a lo pautado. Cabe aclarar que el Art.12 de la Ordenanza N° 101/99 si bien autoriza a utilizar el ingreso de dinero, no estaba especificado que se debía aumentar la Partida Presupuestaria en función de los ingresos. Por lo expuesto, creemos conveniente en esta ordenanza, dedicar un artículo para autorizar al Poder Ejecutivo a incrementar el presupuesto en función al ingreso por: venta de entradas., alquiler de espacios de expendio de comidas (Quinchos y Kioscos) y publicidad. Que según lo manifestado en el informe N° 230/99 a fs.2 y 3, ha habido un ingreso de $ 12.556,90, por tales motivos y en base a la facultad que posee el Departamento Deliberativo otorgada por la Ley Nº 1079 Orgánica de Municipalidades:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN SANCIONA LA SIGUIENTE:
ORDENANZA:
Art. 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a incrementar el Presupuesto de Gastos en función a lo recaudado en concepto de entradas, alquileres de locación y venta de publicidad para los eventos de Vendimia y Festín del Pollo y el Olivo, por un monto total de $ 12.556.90.-
Art. 2º: Responsabilizar a la Señora Directora de la Dirección de Promoción Cultural Lorena Arancibia por el exceso de gastos en $ 5.894,54.
Art. 3º: Responsabilizar al Señor Director de Turismo y Deportes Dn. Oscar Sprazzato por el Gasto excedido en $ 4.428,53.-
Art. 4º: La Señora Lorena Arancibia y el señor Oscar Sprazzato deberán hacerse responsables con su propio patrimonio de los montos excedidos en cada caso, según los artículos 131, 132 y 153 inc.2 de la Ley 1079 Orgánica de Municipalidades y el Art.1109 del Código Civil.-
Art. 5º: Gírese al Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Mendoza la Presente Ordenanza, la Ordenanza N° 101/99 y la Nota N° 230/99 de la Secretaría de Hacienda Municipal.-
Art. 6º: Pase al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN, A LOS CATORCE DIAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE.-
JOSE ANGEL LEGGIO
Secretario
H.C.D. de JUNIN
EDUARDO ROBERTO ERARIO
Presidente
H.C.D. de JUNIN