ORDENANZA N° 587 / 2.017
VISTO: El Expediente Nº 035/HCD-B/17 caratulado “Proyecto de Ordenanza de la Edil N. José, avalan Ediles Esc. B. Galiñares, P. García y J. D. Sánchez. Establézcase una parada de taxi sobre Avenida Mitre Oeste costado Sur frente a la Parroquia”; y
CONSIDERANDO: El estudio del expediente de referencia realizado por los Ediles integrantes de las Comisiones de Legislación General, Peticiones, Poderes, Reglamento y Derechos Humanos y de Obras y Servicios Públicos, Medio Ambiente, Urbanismo y Vivienda del H. Cuerpo a través del Dictamen Nº 17-056;
La necesidad de establecer una parada del taxi que presta sus servicios en Junín;
Que el taxi es un transporte público que ofrece un servicio a pasajeros de distintas partes del departamento;
Que en el departamento de Junín, el taxi estaciona en la plaza departamental, sobre Avenida Mitre, en la misma vía de circulación de los colectivos, en línea amarilla, sin ser el lugar asignado para tal fin, siendo esto un riesgo para la seguridad del peatón y de los pasajeros del transporte público, con el objetivo principal de cuidar la integridad de los habitantes;
Que la Ley de Tránsito en su Capítulo 33º, Artículo 2º reglamenta: “Las leyes y reglamentos de tránsito y transporte de la Nación sólo en lo que es materia de interjurisdicción vial, nacional e internacional; la Ley 6082 y este “reglamento”; las ordenanzas municipales que en su consecuencia se dicten; y las resoluciones que emita el Comité de Tránsito, Transporte y Seguridad Vial son, en ese orden, las disposiciones aplicables en la materia que define el Art. 1 de la Ley”
Que se deben establecer «mini-paradas», consistentes en un lugar para el estacionamiento de no más de un taxi, las que serán cubiertas respetando los sectores que sirven las actuales paradas de colectivo. El municipio determinará la ubicación de la misma, donde serán levantados pasajeros en espera por cualquier taxi; y
Por todo ello y en base a las facultades otorgadas por la Ley 1.079 Orgánica de Municipalidades:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN
ORDENA:
Artículo 1°: Establézcase una Parada de Taxi sobre Avenida Mitre a metros de calle Salvador González en el ala norte de la Plaza Departamental Juan Bautista Alberdi de la Ciudad de Junín, en la cual deberá disponerse el vehículo de transporte a 45º (se adjunta croquis del lugar a disponer para tal fin).-
Artículo 2°: Una vez establecida la mencionada parada se deberá señalizar en forma vertical y horizontal como especifican las leyes en vigencia.-
Artículo 3º: Remítase la presente norma legal a la Dirección de Vías y Medios de Transporte de la Provincia de Mendoza para su conocimiento.-
Artículo 4º: Difúndase esta ordenanza a través de los distintos medios para conocimiento de los usuarios y población en general.-
Artículo 5º: Pase al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES CABILDO DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN, A LOS DIEZ DÍAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE.-
JULIO EDUARDO MERCADO
Secretario
H.C.D. de JUNIN
ESC. MARÍA BEATRIZ GALIÑARES
Pesidenta
H.C.D. de JUNIN