Ordenanza N°: 904
fecha: 24/08/2023
Estado: En vigencia

ORDENANZA N° 904 / 2.023

VISTO: El Expediente N° 1001-6395/2023 caratulado “Secretaría de Servicios Públicos solicita modificar ordenanza tarifaria”; y

CONSIDERANDO: El estudio del expediente de referencia realizado por los Ediles integrantes de las Comisiones de Hacienda y Presupuesto y Economía y de Legislación General, Peticiones, Poderes, Reglamento y Derechos Humanos del H. Cuerpo a través de los Dictámenes N° 23-074 A y N° 23-074 B;
Que la economía nacional sufre un proceso inflacionario que ha sido notorio y de público conocimiento;

Que las previsiones de la Ordenanza Tarifaria 2.023, que se elaboró a fines de 2.022, se encuentran desfasadas en sus montos a la fecha, debido al mencionado proceso inflacionario que en el mes de julio registraba una variación del 60% con una variación anual del 122%;

Que algunos servicios que el Municipio presta necesariamente en alguna etapa deben ser adquiridos a terceros, como en el caso de las placas identificatorias del Cementerio Parque La Paz de Los Olivos;

Que al ofrecer el servicio al administrado, para su cumplimiento se debe recurrir a terceros prestadores, que lógicamente cobran el producto en relación a sus costos;

Que esos costos sufren un incremento de más de un 4% mensual, que es trasladado por el proveedor a su producto;

Que de esta forma el Municipio sufre una pérdida evidente al comprometer un servicio que no cubre el valor de los materiales utilizados;

Que es necesario formular una nueva tarifa por esos servicios, acorde a los costos;

Que el estudio realizado por los Ediles en Comisión considera que los fundamentos expuestos son lógicos, ante el índice inflacionario que hoy sufre nuestro país, por cuanto se sugiere la aprobación del mismo; y

Las facultades conferidas por la Ley Nº 1.079 Orgánica de Municipalidades;

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN:
O R D E N A:

Artículo 1º: Modificase el Capítulo 3 Artículo 15° de la Ordenanza Tarifaria 2.023 (N° 885/22), según el siguiente detalle:

• Capítulo 3, Art. 15, Inc. 001 Colocar Lápida con 1° nivel …$ 11.000
• Capítulo 3, Art. 15, Inc. 002 Placa con 2° nivel…………… $ 5.000
• Capítulo 3, Art. 15, Inc. 003 Placa con 3° nivel…………….. $ 18.000.

Artículo 2°: Los nuevos valores tarifarios serán aplicados a partir del 1° de septiembre de 2.023.-

Artículo 3°: Tome debida nota la Subdirección de Rentas para realizar las modificaciones pertinentes en la Ordenanza Tarifaria vigente (N° 885/22).-

Artículo 4°: Pase al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES CABILDO DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN, A LOS VEINTICUATRO DÍAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL VEINTITRÉS.-

JULIO EDUARDO MERCADO
Secretario
H.C.D. de JUNIN

RICARDO MORCOS
Presidente
H.C.D. de JUNIN

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