Ordenanza N°: 945
fecha: 08/08/2024
Estado: En vigencia

VISTO: El Expediente Nº 1001-6189/2022 caratulado “Contaduría General eleva Código Tributario Municipal armonizado para su adhesión”; y

CONSIDERANDO: El estudio del expediente de referencia realizado por los Ediles integrantes de la Comisión de Hacienda y Presupuesto y Economía del H. Cuerpo a través del Dictamen N° 24-064;

Que a fs. 1, Contaduría General del Municipio informa que ante la aprobación por parte de la Legislatura Provincial de la Ley 9.361 y publicada en el Boletín Oficial el 9 de septiembre de 2.021, que legisla el Código Tributario Municipal Armonizado, y considera que es un paso importante ya que se utilizaban códigos muy antiguos que no se adaptaban a las nuevas técnicas administrativas. Por ello se solicita la adhesión a la ley antes mencionada;

Que en fs. 2 a 37 se adjunta texto de la Ley 9.361 y los actos administrativos para su aprobación en la Honorable Legislatura Provincial;

Que a fs. 38, Secretaría de Hacienda toma conocimiento de que la Ley 9.361 del Código Tributario Municipal Armonizado, no sólo permite adecuar las tareas o técnicas administrativas sino también unificar los procedimientos tributarios en toda la Provincia de Mendoza, por ello la misma reza en su Artículo 3° que los Municipios para la aplicación deberán adherir a la misma;

Que a fs. 44, Asesoría Letrada considera que es un paso fundamental, necesario y sumamente útil para la administración municipal, el adherir a la norma legal correspondiente al Código Tributario Municipal Armonizado, por ello sugiere se eleven los obrados al Honorable Concejo Deliberante para su estudio y consideración;

Que el estudio realizado por los Ediles en Comisión considera que, teniendo en cuenta los informes adjuntos realizados por las distintas áreas involucradas, los cuales manifiestan las ventajas de adherir a la norma legal que contempla la aplicación del Código Tributario Municipal Armonizado, se sugiere acceder a lo solicitado; y

Las facultades otorgadas por la Ley 1.079 Orgánica de Municipalidades:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN
ORDENA:

Artículo 1º: Adhiérase en todos sus términos a la Ley N° 9.361 “Código Tributario Municipal Armonizado” de la Provincia de Mendoza.-

Artículo 2°: Pase al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES CABILDO DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN, A LOS OCHO DÍAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO.-

JULIO EDUARDO MERCADO
Secretario
H.C.D. de JUNIN

RICARDO MORCOS
Presidente
H.C.D. de JUNIN

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