VISTO: El Expediente Nº 1001-9998/2024 caratulado “Departamento Ejecutivo eleva Proyecto de Ordenanza, derogación de Ordenanza N° 925/2024”; y
CONSIDERANDO: El estudio del expediente de referencia realizado por los Ediles integrantes de las Comisiones de Legislación General, Peticiones, Poderes y Reglamento y de Desarrollo Sustentable y de Ordenamiento Territorial del H. Cuerpo a través de los Dictámenes N° 24-098 A y N° 24-098 B;
Que mediante la Ordenanza N° 925/24 se procedió a autorizar al Departamento Ejecutivo a donar un terreno al Gobierno de la Provincia de Mendoza y que el mismo debía ser destinado a la Dirección General de Escuelas;
Que mediante Expediente N° 5815/2024 caratulado “Asociación Adventista del Séptimo Día solicita la donación de terreno”, y que esta donación se encuentra en análisis y estudio de su relocalización en el Departamento y si la misma será con cargo;
Que atento a los fundamentos expuestos se eleva este proyecto al Honorable Concejo Deliberante para su estudio y consideración;
Que el estudio realizado por los Ediles en Comisión considera la necesidad de derogar la ordenanza dictada a los efectos y aprobar este proyecto; y
Las facultades otorgadas por la Ley 1.079 Orgánica de Municipalidades:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN
ORDENA:
Artículo 1°: Derogase la Ordenanza N° 925/2024.-
Artículo 2°: Donase a la Dirección General de Escuelas la fracción de terreno del inmueble ubicado en Carril Barriales o Ruta Provincial N° 60 de la Ciudad de Junín, identificado con Padrón de Rentas 09-17604-1, Nomenclatura Catastral 09-99-00-0700-286430-0000-5, Inscripción de Dominio Folio Real, Matricula SIRC N° 09005511918, Asiento A-1 de Junín, de una superficie total según Mensura de 10.712.55 m2 y según Título de 10.751,18 m2, según el siguiente detalle de superficie y límites y plano 09-172452:
FRACCIÓN “A”
Superficie según Mensura de 5869.56 m² y Superficie según Título de 5890.73 m².
N.C.: 09-2547239-6333611-0000-6 / P.R.: 09-188417-1.
Norte: con Fracción “C” en 50.26 m.
Sur: en dos tramos, uno con Fracción “B” en 20.00 m. y otro con Fracción “C” en 31.94 m.
Este: con Fracción “C” en 115.08 m.
Oeste: con Fracción “C” en 77.89 m.
Noroeste: con Fracción “C” en 4.00 m.
Noreste: con Fracción “C” en 4.00 m.
Sureste: con Fracción “C” en 4.00 m.
Artículo 3°: Afectase a la FRACCIÓN “C” del Plano Adjunto N° 09-172452 con destino a Calle Pública (Dominio Público del Estado)
Superficie según Mensura de 4046.91 m² y Superficie según Título de 4061.50 m².
N.C.: 09-2547229-6333605-0000-4 / P.R.: 09-188418-0.
Norte: con Centro Empleados de Comercio de General San Martín, Provincia de Mendoza en 76.98 m. y 5.00 m. con Fracción “A” en 31.94 m. y con Fracción “B” en 17.19 m.
Sur: con Fracción “A” en 50.26 m., con Carril Barriales o Ruta Provincial N° 60 en 80.66 m.
Este: con Calle IV y con Centro Empleados de Comercio de General San Martín, Provincia de Mendoza en 65.00 m., con Sosa Antonio Orlando en 70.73 m., con Fracción “A” en 77.89 m y con Fracción “B” en 37.19 m.
Oeste: con Clemente Luis Manuel en 135.73 m., con Fracción “A” en 115.08 m.
Noroeste: con Fracción “A” en 4.00 m.
Noreste: con Fracción “B” en 4.00 m.
Sureste: con Fracción “A” en 4.00 m.
Suroeste: con Fracción “A” en 4.00 m.
Artículo 4°: La donación dispuesta en el Art. 2° está sujeta a las condiciones que la donataria comunique la aceptación de la presente donación e inicie la construcción de la infraestructura escolar dentro del plazo de (1) un año, a partir de la sanción de la presente ordenanza.-
Artículo 5°: La escritura traslativa de dominio se llevará a cabo a través de la Escribanía General de Gobierno o ante la Escribanía que designe la D.G.E., siendo los gastos a su cargo.-
Artículo 6°: Pase al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES CABILDO DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN, A LOS DIEZ DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO.-
JULIO EDUARDO MERCADO
Secretario
H.C.D. de JUNIN
RICARDO MORCOS
Presidente
H.C.D. de JUNIN