RESOLUCIÓN N° 3.605 / 2.020
VISTO: El Expediente Nº 090/HCD-B/20 caratulado “Proyecto de Resolución del Bloque U.C.R.. Solicítese al D.E. la construcción de la continuación de ciclovía de calle Míguez”; y
CONSIDERANDO: El estudio del expediente de referencia realizado por los Ediles integrantes de la Comisión de Obras y Servicios Públicos, Movilidad Urbana y Vivienda del H. Cuerpo a través de los Dictamen Nº 20-084;
Que en su mayoría, los vecinos utilizan la bicicleta como medio de transporte, con lo cual se logra ahorrar energía, bajar los niveles de contaminación y también es un beneficio para la economía familiar, convirtiéndose en el único medio de movilidad para muchos que no cuentan con otra forma de transporte y la necesidad de dar prioridad a las ciclovías en el Departamento de Junín, para poder unir todo el territorio por medio de la utilización de éstas;
Que es urgente la necesidad de la ampliación de la ciclovía, espacio reservado exclusivamente para el tránsito de peatones y ciclistas, asegurando así la integridad física de los vecinos;
Que la construcción de ciclovías consiste en un entramado de de carriles exclusivos diseñados especialmente para la circulación de bicicleta, resguardando del resto del tránsito vehicular, que conectan distintas zonas;
Que la utilización de medios de transporte alternativos como la bicicleta permiten la disminución de gases de efecto invernadero producidos por los automóviles, mejorando la calidad de vida de los juninenses;
Que la construcción de esta obra facilitaría otro acceso para todas las personas que visitan la Planta de Junín Punto Limpio, que fue inaugurada en 2.014. Es por ello que es indispensable tener un acceso acorde a la misma, ubicada en Calle Pergamino, desde Calle Míguez por Calle Unión como otra vía de acceso a la Planta de Reciclaje;
Que el uso de la bicicleta está limitado y/o condicionado al tener que compartir la vía pública con los vehículos automotores, generándose de dicha coexistencia innumerables situaciones de conflicto y riesgos asociados;
Que es política pública trabajar en lo que hace a seguridad vial, es por ello que el objetivo de la presente norma tiene el desarrollo de infraestructura adecuada para la utilización de la bicicleta como medio de transporte y la utilización de cartelería para los automovilistas por el respeto y uso adecuado de la misma;
Que esta iniciativa de generar un modo alternativo de transportarse, nos permite estar conectados con menos barreras de tránsito y mayor fluidez, de modo saludable;
Que, en nuestro país, este programa de construcción de ciclovías está tomando cada vez más fuerza, ya que varias ciudades están incorporando las ciclovías a su trama de arterias;
Que la construcción de ciclovías contribuye al reordenamiento del tránsito, estimula la actividad deportiva y recreativa, mejora la calidad de vida de los ciudadanos y ciudadanas;
Que la definición de ciclovía y bicisenda difieren ligeramente, sin embargo, hacemos referencia a las ciclovías como a un área de la calzada delimitada y señalizada destinado al uso de bicicletas;
Que se persigue como uno de los objetivos fomentar el uso de bicicletas y tránsito de peatones para movilizarse por razones laborales, escolares, recreativas y turísticas;
Que los y las juninenses cada vez están volcándose más a estas redes, por tratarse de un medio de transporte económico, saludable y sustentable con el medio ambiente;
Que es responsabilidad del Municipio asegurarles a todos los habitantes medios de transportes y comunicación ágiles y seguro. Por tales motivos se solicita el estudio de factibilidad de construir la continuación de la ciclovía, analizando el costo-beneficio en salud pública y seguridad para los ciclistas y peatones del departamento;
Que se pone en valor el trazado de las ciclovías para brindarles tanto a los usuarios de bicicletas como así también a las personas que corren y practican deportes y vecinos que viven frente a ellas un lugar seguro, ágil y moderno;
Que el estudio realizado por los Ediles considera oportuno la aprobación de este proyecto, ya que su objetivo es la continuidad de la red de ciclovía con la que ya cuenta el Departamento, donde se unen distritos y permite acceder en una movilidad económica, sana, a los distintos lugares, siempre en beneficio de los vecinos de Junín;
Las atribuciones conferidas por la Ley N° 1.079 Orgánica de Municipalidades al H. Cuerpo:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN
RESUELVE:
Artículo 1°: Solicitar al Departamento Ejecutivo, a través del área que corresponda, la construcción de la ciclovía de Calle Míguez, desde Ruta N⁰ 60 hasta Calle Unión, Los Barriales.-
Artículo 2º: Inclúyanse en la obra solicitada en el Artículo. 1º, la instalación de luminarias y señalización horizontal y vertical.-
Artículo 3º: Una vez concluida la construcción de la senda mencionada, el Departamento Ejecutivo deberá señalizar con cartelería informativa, para que los ciclistas y peatones tengan conocimiento sobre la ubicación de la Planta de Reciclaje e información de la misma.-
Artículo 4º: Pase al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES CABILDO DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN, A LOS TRECE DÍAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL VEINTE.-
JULIO EDUARDO MERCADO / Secretario H.C.D.
RICARDO MORCOS / Presidente H.C.D.