RESOLUCIÓN N° 3612 / .020

Ago 27, 2020

RESOLUCIÓN N° 3.612 / 2.020

VISTO: El Expediente Nº 102/HCD-B/20 caratulado “Proyecto de Ordenanza de la Edil N. Rabite, avalan Ediles R. Maravilla, V. Reta, M. Saez, R. Morcos y M. Núñez. Pintado de Poste Representativo Color Morado “Hacé Visible, lo Invisible. Ni Una Menos”; y

CONSIDERANDO: El estudio del expediente de referencia realizado por los Ediles integrantes de la Comisión de Promoción e Integración Social y Equidad de Género del H. Cuerpo a través del Dictamen Nº 20-090;

El aumento de casos de violencia de género ocurridos en los últimos tiempos en nuestro país, la gravísima situación de violación sistemática de los derechos humanos de las mujeres y la necesidad de prevenir, informar y sensibilizar contra el femicidio y cualquier forma de violencia contra la mujer;

Que la violencia de género es una problemática importante en nuestra sociedad, que nos interpela en todos los ámbitos;

Que la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer y la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Convención de Belem do Para) imponen a sus Estados parte el deber de implementar políticas públicas para eliminar toda manifestación de discriminación y violencia contra la mujer, que es nuestro deber como ciudadanos reconocer y hacer valer todas las herramientas jurídicas disponibles para la lucha activa contra la violencia de género;

Que la Ley Nacional N° 26.485 de «Protección Integral a las Mujeres» sancionó un conjunto de disposiciones destinadas a prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollan sus relaciones interpersonales, reconociendo los nuevos espacios en los que las mujeres nos abrimos lugar y las conquistas obtenidas en la lucha por la emancipación;

Que el Artículo 4º de la ley nacional mencionada, define por violencia contra las mujeres «toda conducta, acción u omisión, que, de manera directa o indirecta, tanto en el ámbito público como en el privado, basada en una relación desigual de poder, afecte su vida, libertad, dignidad, integridad física, psicológica, sexual, económica o patrimonial, como así también su seguridad personal. Quedan comprendidas las perpetradas desde el Estado o por sus agentes (…)»;

Que la igualdad de género forma parte de uno de los objetivos propuestos por la Organización de las Naciones Unidas en la Agenda de Desarrollo Sostenible 2.030;

Que para lograr esa igualdad es necesario reconocer y erradicar todas las formas de violencia contra las mujeres;

Que el objeto del presente proyecto consiste en el pintado de color violeta, color con el que se identifica la lucha activa contra la violencia de género como color identificatorio de la igualdad de género, dicho poste llevará la inscripción “Ni Una Menos”, en la Plaza Juan Bautista Alberdi de la Ciudad de Junín;

Que el aumento de casos de violencia de género ocurridos en los últimos tiempos en nuestro país deja expuesta la gravísima situación de violación sistemática de los derechos humanos de las mujeres. Por lo tanto, la finalidad de la colocación del banco morado es la visibilización de la lucha continua y conjunta contra la violencia de género en cualquiera de sus formas y en todos los ambos;

Que el Artículo 7º de la Ley Nacional N° 26.485 establece que, para garantizar el cumplimiento de los fines previstos en esa ley, los tres poderes del Estado, sean del ámbito nacional o provincial, deben adoptar medidas necesarias para: «sensibilizar a la sociedad, promoviendo valores de igualdad y deslegitimación de la violencia contra las mujeres», obligación que -sin duda- se extiende a los gobiernos municipales;

Que el presente proyecto es una propuesta cultural y pacífica de prevención, información y sensibilización de la violencia contra la mujer;

Que el estudio realizado por los Ediles en Comisión considera muy oportuno la aprobación de este proyecto; y

Las atribuciones conferidas por la Ley N° 1.079 Orgánica de Municipalidades al H. Cuerpo:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN
RESUELVE:

Artículo 1°: Solicitar al Departamento Ejecutivo el pintado de un poste representativo frente al Honorable Concejo Deliberante, de color morado acompañado de la colocación de la inscripción “Hacé visible, lo invisible. Ni una menos”, en la Plaza Departamental Juan Bautista Alberdi.-

Artículo 2º: La finalidad del “Poste Morado” es visibilizar la problemática de la violencia de género en todas sus formas.-

Artículo 3º: Pase al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES CABILDO DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN, A LOS VEINTISIETE DÍAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL VEINTE.-

JULIO EDUARDO MERCADO / Secretario H.C.D. 

RICARDO MORCOS / Presidente H.C.D.