RESOLUCIÓN N° 3641 / 2020

Oct 15, 2020

RESOLUCIÓN N° 3.641 / 2.020

VISTO: El Expediente Nº 150/HCD-B/20 caratulado “Proyecto de Resolución de los Ediles R. Ramírez y N. Rabite, avalan Ediles M. Saez y R. Morcos. Solicitar al D.E. construcción de ciclovía desde Rutas 61 y 60 hasta Plaza de Los Barriales”; y

CONSIDERANDO: El estudio del expediente de referencia realizado por los Ediles integrantes de la Comisión de Obras y Servicios Públicos, Movilidad Urbana y Vivienda del H. Cuerpo a través del Dictamen Nº 20-129;

La necesidad de dar prioridad a la red de ciclovías en el Departamento de Junín, para poder unir todo el territorio por medio de la utilización de estas y principalmente asegurar la integridad física de los vecinos y vecinas del departamento;

Que la construcción de ciclovías consiste en un entramado de carriles exclusivos diseñados especialmente para la circulación de bicicletas, resguardando del resto del tránsito vehicular, que conectan distintas zonas;

Que es urgente la necesidad de la ampliación de la ciclovía, espacio reservado exclusivamente para el tránsito de peatones y ciclistas, asegurando así la integridad física de los vecinos y vecinas, mejorando así las conexiones entre tramos de ciclovías;

Que garantizar la movilidad sustentable para la Municipalidad de Junín, siendo el nuestro departamento pionero en la construcción de ciclovías, fomenta la movilidad no motorizada y promueve la reactivación física;

Que el objetivo es equilibrar el sistema de movilidad actual hacia la sustentabilidad, conectar a los vecinos y vecinas y reforzar la seguridad vial, consolidando a la bicicleta como modo de desplazamiento cotidiano;

Que el uso de las ciclovías mejora el estado de ánimo, de salud y disminuye el stress generado por el congestionamiento vial. De esta manera, se favorece la adquisición de hábitos saludables y contribuye en la prevención de enfermedades crónicas mediante la activación física;

Que es política pública trabajar en lo que hace a seguridad vial, es por ello que el objetivo de la presente norma tiene el desarrollo de infraestructura adecuada para la utilización de la bicicleta como medio de transporte y la utilización de cartelería para los automovilistas por el respeto y uso adecuado de la misma;

Que es responsabilidad del Municipio asegurarles a todos los y las habitantes medios de transportes y comunicación ágiles y seguro. Por tales motivos se solicita el estudio de factibilidad de construir la ciclovía, analizando el costo-beneficio en salud pública y seguridad para los ciclistas y peatones del departamento;

Que se pone en valor el trazado de las ciclovías para brindarles tanto a los usuarios de bicicletas como así también a las personas que corren y practican deportes y vecinos y vecinas que viven frente a ellas un lugar seguro, ágil y moderno;

Que es fundamental continuar con la construcción de ciclovías en el Distrito de Los Barriales desde Ruta 60 y 61 hasta la Plaza “Mercedes Tomasa de San Martín”. Además, que en su trayecto se coloque forestación, de acuerdo a lo que estimen los profesionales correspondientes;

Que es responsabilidad del Municipio del departamento brindarle seguridad en la integridad física de los ciudadanos y ciudadanos que transiten;

Que, por lo mencionado anteriormente, también se considera necesario la construcción y/o colocación de dos puentes metálicos, a ubicarse en Calle El Quemado y Ruta 60, y Carril Libertador General San Martín y Calle Sarmiento, donde pasan los desagües pertenecientes a la Asociación Canal Matriz Independencia Inspección Rama Cruz Bodega del Distrito de Los Barriales, Junín;

Que recomendamos que la construcción de los puentes solicitados sea similar al que se encuentra en calle Isidoro Busquets, a metros del Salón de fiestas Da Vinci;

Que la construcción de los puentes mencionados brindará seguridad a los peatones que transitan en la vía pública como así también al tránsito vehicular. Además de brindar seguridad, embellecen la zona;

Que es una necesidad imperiosa poder colocar y/o construir estos puentes, enunciados anteriormente, ya que a los laterales no hay ninguna barrera de contención para las personas que transiten por el lugar y el peligro es constante;

Que teniendo en cuenta que en el cruce de Rutas NO 60 y 61, no se encuentra identificado el Departamento de Junín, siendo un punto muy importante para quienes ingresen a nuestro de departamento;

Que por el pedido de vecinos y vecinas y considerando que el lugar es propicio para ensamblar un arco, realizado con material reciclado y/o apropiado. Vemos con agrado la construcción y ensamble de un arco identificatorio para el ingreso a nuestro departamento, que porte la leyenda “Junín, Jardín de Mendoza”;

Que por todo lo mencionado con anterioridad, optimizar y recuperar el espacio público fortalece el tejido social;

Que el estudio realizado por los Ediles en Comisión ha considerado importante aprobar este proyecto, dando continuidad a la política que desde varios años viene implementando la gestión municipal en cuanto a las ciclovías;

Las facultades conferidas por la Ley 1.079 Orgánica de Municipalidades:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN
RESUELVE:

Artículo 1°: Solicitar al Departamento Ejecutivo que, a través del área que corresponda, gestione la construcción de la ciclovía en el Distrito Los Barriales, desde Rutas N° 61 y 60 hasta la Plaza Distrital “Mercedes Tomasa de San Martín”, y en su trayecto se deberá colocar forestación.-

Artículo 2º: Solicitar al Departamento Ejecutivo mediante el área que corresponda, la construcción de dos puentes, para ser colocados en Calle El Quemado y Ruta 60, y Carril Libertador General San Martín y Calle Sarmiento, donde pasan los desagües pertenecientes a la Asociación Canal Matriz Independencia Inspección Rama Cruz Bodega del Distrito Los Barriales. –

Artículo 3°: Solicitar al Departamento Ejecutivo que, a través del área que corresponda, los profesionales estudien las condiciones para el diseño de un arco, identificando al Departamento de Junín, sobre las Rutas Nº 60 y 61.-

Artículo 4º: Inclúyase en la obra solicitada en el Art. 1º, la instalación de luminarias y señalización horizontal y vertical.-

Artículo 5°: Solicitar al Departamento Ejecutivo, que dichas obras sean incluidas en el Plan de Obras Año 2.021.-

Artículo 6º: Pase al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES CABILDO DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN, A LOS QUINCE DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTE.-

JULIO EDUARDO MERCADO / Secretario H.C.D. 

RICARDO MORCOS / Presidente H.C.D.