RESOLUCIÓN N° 3.655 / 2.020
VISTO: El Expediente Nº 073/HCD-B/20 caratulado “Proyecto de Resolución del Bloque P.J.-U.C., avala Edil F. Navarro. Adherir a la Campaña “Barbijo Rojo” lanzada por el Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad”; y
CONSIDERANDO: El estudio del expediente de referencia realizado por los Ediles integrantes de las Comisiones de Promoción e Integración Social y Equidad de Género y de Salud Pública y Desarrollo Sociocultural del H. Cuerpo a través de los Dictámenes Nº 20-143 y Nº 20-071;
Que ha llegado a conocimiento del Bloque PJ – UNIDAD CIUDADANA, que desde el Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad en conjunto con la Confederación Farmacéutica Argentina se elaboró un protocolo de acción para actuar en cualquier farmacia del país a los efectos de asistir a las mujeres en situación de violencia de género. Es por ello que solicitamos la adhesión a dicho protocolo en nuestro departamento;
Que, el aislamiento social forzoso puede derivar en un aumento de los casos de violencia de género y una disminución de los recursos disponibles para las mujeres que atraviesan esta condición;
Que la situación que atraviesan estas víctimas es tan particular que en ocasiones pedir ayuda de manera telefónica se les dificulta al estar de manera permanente con su agresor;
Que el Registro Nacional de Femicidios, dice que desde el 3 de junio de 2.015 al 25 de mayo de 2.020 sucedieron 1.450 femicidios, de los cuales
• 131 fueron durante el año 2.015.
• 289 en el 2.016
• 277 durante el año 2.017
• 289 en 2.018
• 327 en el año 2.019
• Y en los 6 meses que llevamos del actual año ya contamos con más de 140 femicidios;
Que de estas muertes el 45% es víctima de su pareja, el 21,33% de su ex pareja, de sus familiares son 15,33%, de conocidos el 6%, y de desconocidos o de los cuales no se tengan datos son el 15,32%;
Que, otro dato a tener en cuenta es el lugar físico donde ocurren estos hechos:
• Vivienda de la víctima el 64,6%
Durante el 2.015: 64%
Durante el 2.016: 62%
Durante el 2.017: 69%
Durante el 2.018: 75%
Durante el 2.019: 63%
Y en lo que va del año 2.020 65%
• En la vía pública el 25%
• En la vivienda del agresor 3,3%
Otros/ Sin datos: 6,3%
Que, teniendo en consideración lo antes mencionado y el contexto que estamos atravesando, es de vital necesidad incorporar alternativas para contener a las víctimas de violencia de género;
Que el estudio realizado por los Ediles en Comisión, ha considerado no aprobar este proyecto, ya que por lo informado por el Subsecretario de Desarrollo Social de la Comuna, dicho programa es coordinado entre el Ministerio Nacional de la Mujer y la Federación Argentina Farmacéutica y ya está en marcha, por cuanto no es necesario la adhesión solicitada;
Que puestos a votación ambos dictámenes resulta aprobado el Nº 20-143 por una mayoría de 6 votos sobre 8;
Las facultades conferidas por la Ley 1.079 Orgánica de Municipalidades:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN
RESUELVE:
Artículo 1°: Tomar conocimiento y proceder al archivo.-
Artículo 2º: Regístrese, hágase saber y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES CABILDO DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN, A LOS VEINTINUEVE DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTE.-
JULIO EDUARDO MERCADO / Secretario H.C.D.
RICARDO MORCOS / Presidente H.C.D.