RESOLUCIÓN N° 3689 / 2020

Nov 26, 2020

RESOLUCIÓN N° 3.689 / 2.020

VISTO: El Expediente Nº 122/HCD-B/20 caratulado “Proyecto de Ordenanza del Bloque P.J. – U.C.. Impleméntese en el Municipio un protocolo de actuación en caso de acoso laboral”; y

CONSIDERANDO: El estudio del expediente de referencia realizado por los Ediles integrantes de las Comisiones de Legislación General, Peticiones, Poderes, Reglamento y Derechos Humanos y de Promoción e Integración Social y Equidad de Género del H. Cuerpo a través de los Dictámenes Nº 20-184 y Nº 20-184B;

Que en la Provincia de Mendoza existe la Ley 9.263, la cual tiene por objeto prevenir, abordar, sancionar y erradicar la violencia laboral y brindar protección a las personas trabajadoras víctimas de la mismas y a las personas denunciantes y/o testigos;

Que la aplicación de dicha ley se extiende a todo en ámbito de la administración pública provincial y municipal y a toda vinculación, relación o contrato laboral desarrollado en el ámbito privado;

Que el estudio realizado por los Ediles ha considerado que los fundamentos expuestos anteriormente son suficientes para no aprobar este proyecto, ya que las situaciones que pudiesen ocurrir en el ámbito de la Municipalidad de Junín, estarán sujetas a la aplicación de la Ley 9.263, por cuanto sugiere el archivo del mismo;

Las facultades otorgadas por la Ley 1.079 Orgánica de Municipalidades:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN
RESUELVE:

Artículo 1°: Tomar conocimiento y proceder a su archivo.-

Artículo 2º: Regístrese, hágase saber y archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES CABILDO DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN, A LOS VEINTISÉIS DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTE.-

JULIO EDUARDO MERCADO / Secretario H.C.D. 

RICARDO MORCOS / Presidente H.C.D.