RESOLUCIÓN N° 3.699 / 2.020
VISTA: La Nota Nº 074/20 mediante la cual la Suprema Corte de Justicia remite los autos Nº 13-05409470-6 caratulados “Morán Juan Orlando c/ Municipalidad de Junín, Mendoza p/ Acción Procesal Administrativa”; y
CONSIDERANDO: El estudio de la nota de referencia realizado por los Ediles integrantes de la Comisión de Legislación General, Peticiones, Poderes, Reglamento y Derechos Humanos del H. Cuerpo a través del Dictamen Nº 20-209;
Que respecto a la compulsa remitida por la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Mendoza y ordenada en los autos Nº 13-05409470-6 caratulados “Morán Juan Orlando c/ Municipalidad de JUNÍN, Mendoza p/ Acción Procesal Administrativa”. El mismo tribunal superior es el que en su resolución señala que no está habilitada la vía judicial porque el Sr. Juan Orlando Morán no ha cumplido con los requisitos establecidos por la Ley 3.918 para que su petición sea considerada.
Pero no obstante ello remite una compulsa del expediente judicial para que este Concejo Deliberante trate una resolución del Sr. Intendente que no ha sido impugnada;
La Corte determinó que el Sr. Juan Orlando Morán no impugnó el Decreto 836/2020 y lo por tanto se encuentra firme, ejecutoriado y consentido por ello no puede este Concejo Deliberante revisar un Decreto Municipal cuando no ha existido una impugnación contra el mismo y cuando ya cualquier reclamo contra el acto administrativo es extemporáneo;
No obstante ello se estima que el proceso administrativo del Expte. Nº 1001-3834/2020 caratulado “Dr. Juan Pablo Azor en representación del Sr. Juan Orlando Morán solicita el pago de la indemnización Art. 49 Ley 5811”, ha cumplido con todos los procedimientos y garantías administrativas de las Leyes 1.079 y 9.003; y
Las facultades otorgadas por la Ley 1.079 Orgánica de Municipalidades:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN
RESUELVE:
Artículo 1°: Tómese conocimiento de la Nota Nº 074/20 y procédase a su archivo.-
Artículo 2º: Regístrese, hágase saber y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES CABILDO DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN, A LOS TREINTA DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTE.-
JULIO EDUARDO MERCADO / Secretario H.C.D.
RICARDO MORCOS / Presidente H.C.D.