RESOLUCIÓN N° 3710 / 2021

Feb 26, 2021

RESOLUCIÓN N° 3.710 / 2.021

VISTO: Que el Art. 81° del Reglamento Interno del H.C.D. reza: …”Serán Sesiones de Tablas las que se celebren en los días y horas establecidos…”; y

CONSIDERANDO: Que el 11 de marzo de 2.020 la Organización Mundial de la Salud ha declarado al coronavirus (Covid-19) como pandemia;

Que el Presidente de la Nación firmó el 12 de marzo de 2.020 el DNU Nº 260/20 que amplía la Emergencia Sanitaria y dispone la adopción de nuevas medidas para contener la propagación del nuevo coronavirus y el 20 de marzo de 2.020 el Decreto N° 297/20 que establece el “aislamiento social, preventivo y obligatorio”;

Que el Gobernador de la Provincia emitió el 12 de marzo de 2.020 el Decreto Nº 359 declarando la Emergencia Sanitaria en todo el territorio de la Provincia de Mendoza;

Que por Decreto Municipal Nº 440/2020 el Intendente Municipal declara la Emergencia Sanitaria para el Departamento de Junín; Que el H. Cuerpo sancionó el 2 de abril de 2.020 la Ordenanza Nº 723/2020 refrendando el Decreto N° 440/20 y el 10 de septiembre de 2.020 la Ordenanza N° 756/20 que prorroga el Decreto Nº 440/2020 citado;

Que el Poder Ejecutivo Nacional ha prorrogado sucesivamente los alcances del Decreto N° 297/20 manteniendo la normativa complementaria dictada respecto del “aislamiento social, preventivo y obligatorio”;

Que mediante Resolución Nº 3.561/20 sancionada en fecha 21 de mayo de 2.020 se fija los días jueves a las 8,30 hs. como día y hora de Sesiones Ordinarias On Line del H.C.D.;

Que por recomendación del área de Tecnología de la Información y las Comunicaciones (TIC`s) es conveniente realizar las sesiones a las 8,30 hs. para una mejor conectividad;

Que el Artículo 16º del Reglamento Interno del Honorable Concejo Deliberante de Junín reza: “Los Concejales no constituirán Concejo fuera de la Sala de Sesiones, salvo los casos de fuerza mayor…”;

Que la Emergencia Sanitaria por pandemia de Covid 19 y el aislamiento social preventivo y obligatorio resulta un caso de fuerza mayor;

Por todo ello y en base a las atribuciones conferidas por Ley N° 1.079 Orgánica de Municipalidades al H. Cuerpo:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN
RESUELVE:

Artículo 1°: Fijar como día y horario de Sesiones Ordinarias del H. Cuerpo, los jueves a las 8:30 hs., 50% de los integrantes de manera presencial en la Sala Cabildo y el 50% de los integrantes restantes de forma virtual, mientras se encuentre vigente el Decreto Nº 297/20 de Presidencia de la Nación.-

Artículo 2º: Regístrese, hágase saber, archívese y comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES CABILDO DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN, A LOS VEINTISÉIS DÍAS DEL MES DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO.-

JULIO EDUARDO MERCADO / Secretario H.C.D. 

RICARDO MORCOS / Presidente H.C.D.