RESOLUCIÓN N° 3.724 / 2.021
VISTO: El Expediente Nº 013/HCD-B/21 caratulado “Proyecto de Resolución del Edil M. Saez, avalan Ediles L. Reta, N. Rabite, M. Núñez y R. Maravilla. Invitar a espacios gastronómicos a la colocación de carteles informativos con la “Maniobra Heimlich””; y
CONSIDERANDO: El estudio del expediente de referencia realizado por los Ediles integrantes de la Comisión de Salud Pública y Desarrollo Sociocultural del H. Cuerpo a través del Dictamen N° 21-022;
Que si se obstruyen las vías respiratorias, es decir, que se produce un atragantamiento por la falta de deglución de alimentos, puede causar asfixia o la muerte de una persona;
Que los atragantamientos se producen de manera accidental cuando una persona ingiere un alimento de mayor tamaño al tracto digestivo y cuando pasa por la faringe, laringe o tráquea y esto puede producir una obstrucción respiratoria;
Que hay personas de riesgo como niños, ancianos o con algun tipo de discapacidad o con alguna prescripción médica que hace que saliven menos;
Que es importante poder reconocer cuando se está produciendo un atragantamiento para tomar acciones de manera inmediata, debido a que son pocos los minutos con los que se cuenta para recuperar la oxigenación en la persona;
Que en caso de que no se recupere la oxigenación en un tiempo mínimo puede producirse daños cerebrales o la defunción de la persona;
Que por los motivos nombrados es importante conocer el accionar a seguir cuando se detecta un atragantamiento ya que la persona afectada no puede hablar, toser o respirar y es necesario realizar un procedimiento de primeros auxilios para desobstruir las vías respiratorias;
Que la maniobra recomendada para estos casos es “La Maniobra Heimlich”, que con su realización se despejan las vías respiratorias bloqueadas;
Que dicha maniobra consiste en levantar el diafragma, lo que obliga al aire a salir por los pulmones y provocar una tos artificial. La tos artificial, mueve el aire por la tráquea, empuja y expulsa el alimento que está realizando el bloqueo de las vías respiratorias y de la boca;
Que es importante conocer esta maniobra para saber cómo actuar en cualquier espacio público o privado;
Que el estudio realizado por los Ediles en Comisión, considera oportuno la aprobación del presente en beneficio de la comunidad del departamento; y
Las atribuciones conferidas por Ley N° 1.079 Orgánica de Municipalidades al H. Cuerpo:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN
RESUELVE:
Artículo 1º: Invítese a espacios gastronómicos del Departamento de Junín, a colocar carteles informativos e ilustrativos con la “Maniobra Heimlich”.-
Artículo 2º: Pase al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES CABILDO DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN, A LOS DIECIOCHO DÍAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO.-
JULIO EDUARDO MERCADO / Secretario H.C.D.
RICARDO MORCOS / Presidente H.C.D.