RESOLUCIÓN N° 3.799 / 2.021
VISTO: El Expediente N° 105/HCD-B/21 caratulado “Proyecto de Resolución de las Ediles R. Maravilla y L. Reta. Que este H.C.D. realice una Campaña de Concientización sobre Albinismo”; y
CONSIDERANDO: El estudio del expediente de referencia realizado por los Ediles integrantes de las Comisiones de Promoción e Integración Social y Equidad de Género y de Salud Pública y Desarrollo Sociocultural del H. Cuerpo a través de los Dictámenes N° 21-103 y N° 21-103B;
Que el día 13 de junio es el Día Internacional del Albinismo y se pretende concientizar a los vecinos de Junín a través de un video informativo sobre el tema;
Que el albinismo es un trastorno raro, no contagioso, hereditario y congénito;
Que se caracteriza por la ausencia de pigmentación (melanina) en la piel, el cabello y los ojos, lo que causa sensibilidad al sol y a la luz intensa;
Que la falta de melanina en las personas con albinismo hace que sean extremadamente vulnerables al cáncer de piel;
Que según estadísticas mundiales, cada 17 mil nacimientos, uno es albino;
Que el objetivo de la ley es la promoción, protección y aseguramiento del ejercicio y goce pleno, efectivo, permanente e igualitario respecto al derecho de acceso a la salud de las personas con albinismo;
Que el Ministerio de Salud debería ser la autoridad de aplicación, y reclaman la creación de un Programa Nacional de Atención Integral del Albinismo para garantizar en todo el sistema de salud público el acceso libre y gratuito a los tratamientos médicos necesarios;
Que es necesario apelar a la sensibilización de la población en general sobre el impacto debilitante del albinismo;
Que el estudio realizado por los Ediles en Comisión considera oportuno la aprobación de este proyecto;
Las atribuciones conferidas por Ley N° 1.079 Orgánica de Municipalidades al H. Cuerpo:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN
RESUELVE:
Artículo 1º: Que este H. Cuerpo realice una Campaña de Concientización sobre Albinismo, a través de un video informativo de forma virtual con personas que transitan dicha enfermedad.-
Artículo 2°: Solicitar al Departamento Ejecutivo que tome la segunda semana de junio de cada año, a través del área que corresponda, para realizar actividades que permitan visibilizar la enfermedad (folletería, charlas informativas, difusión en redes sociales).-
Artículo 3°: Pase al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES CABILDO DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN, A LOS VEINTICUATRO DÍAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO.-
JULIO EDUARDO MERCADO / Secretario H.C.D.
RICARDO MORCOS / Presidente H.C.D.