RESOLUCIÓN N° 3807 / 2021

Jul 8, 2021

RESOLUCIÓN N° 3.807 / 2.021

VISTO: El Expediente N° 118/HCD-B/21 caratulado “Proyecto de Resolución de la Edil V. Reta, avalan Ediles M. Núñez, M. Saez y R. Maravilla. Solicitar al D.E. que gestione el izamiento y arriada de nuestra Bandera en todos los edificios municipales”. Dictamen Nº 21-117. Informe de la Comisión de Legislación General, Peticiones, Poderes, Reglamento y Derechos Humanos; y

CONSIDERANDO: El estudio del expediente de referencia realizado por los Ediles integrantes de la Comisión de Legislación General, Peticiones, Poderes, Reglamento y Derechos Humanos del H. Cuerpo a través del Dictamen N° 21-117;
Que nuestra Bandera Nacional debe permanecer enarbolada de forma permanente en todos los edificios públicos;
Que la Bandera Nacional es uno de nuestros símbolos patrios, que nos identifica como Nación soberana e independiente;
Que simboliza nuestro presente, pasado y futuro, en el que debemos construir y defender la democracia en la cual nos encontramos;
Que el concepto de bandera como símbolo de identidad nacional se afirma en los movimientos independentistas del S. XVIII;
Que el Decreto N° 824/2011, dispone que la Bandera Nacional deberá permanecer enarbolada de forma permanente en todos los edificios públicos;
Que la Bandera Nacional debe ser objeto de los máximos honores y del mayor respeto, en todos los edificios y actos en los que deba enarbolársela;
Que será la Bandera Oficial de la Nación, la creada el 27 de febrero de 1.812 por el General Manuel Belgrano, aprobada por resoluciones del Congreso de Tucumán de fechas 20 de junio de 1.816 y 25 de febrero de 1.818;
Que tienen derecho a usar la Bandera Oficial de la Nación; los Gobiernos Nacional, Provinciales, Autónomo de la Ciudad de Buenos Aires y Municipales, como así también las Organizaciones No Gubernamentales (ONG) y los particulares en general, debiéndosele rendir siempre el condigno respeto y honor;
Que sería importante desde el Municipio de Junín se invitara a empresarios y comerciantes del Departamento, a llevar a cabo esta acción patriótica en cada uno de sus edificios y /o comercios;
Que el izamiento y la arriada deben realizarse durante el transcurso de la salida del sol y de la puesta del mismo, aunque cada jurisdicción provincial quedará facultada para disponer de los horarios de izamiento y arriada de acuerdo con sus características climáticas, estacionales o de cualquier otro tipo que deban ser tenidas en cuenta;
Que la Bandera Nacional debe ser izada y arriada aún en días de lluvia, feriados y fines de semana;
Que la Bandera, una vez arriada, no debe tocar el suelo y será recogida sin plegarla para ser trasladada al sitio donde será guardada;
Que para retirar la Bandera de izar por desgaste o deterioro, se deberá proceder a su incineración en acto especial, de acuerdo con las siguientes normas:
a– La actividad se debe hacer en un lugar cerrado, con la mayor solemnidad.
b– Se anula su carácter emblemático, pudiendo ser esto mediante la separación de cada una de sus franjas.
c– Luego se la incinera.
Que es un orgullo y gran ejemplo de identidad a generaciones futuras, que todos los edificios públicos municipales tengan enarbolada nuestra Bandera Nacional durante todo el año;
Que el estudio realizado por los Ediles en Comisión considera muy importante aprobar este proyecto, cuyo objetivo es revalorizar la importancia de nuestra Enseña Patria;
Las atribuciones conferidas por Ley N° 1.079 Orgánica de Municipalidades al H. Cuerpo:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN
RESUELVE:

Artículo 1º: Solicitar al Departamento Ejecutivo se proceda al Izamiento y Arriada diaria de nuestra Bandera Nacional en todos los Edificios y Espacios Públicos Municipales, de acuerdo a lo establecido por el Decreto N° 824/2011 del Poder Ejecutivo Nacional.-

Artículo 2°: Invitar a todas las instituciones públicas, privadas y ONG´s que cuenten con delegaciones u oficinas en el Departamento, a acompañar lo solicitado en el artículo precedente.-

Artículo 3°: Pase al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES CABILDO DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN, A LOS OCHO DÍAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO.-

JULIO EDUARDO MERCADO / Secretario H.C.D. 

RICARDO MORCOS / Presidente H.C.D.