RESOLUCIÓN N° 3896 / 2021

Nov 4, 2021

RESOLUCIÓN N° 3.896 / 2.021

VISTO: El Expediente Nº 239/H.C.D.-B/21 caratulado “Proyecto de Declaración del Edil M. Saez, avalan Ediles R. Maravilla y L. Reta. Declárese de Interés Departamental el “Primer Encuentro de Redes Rivadavia – Junín sobre protección de derechos de niñas, Niños y Adolescentes””;

CONSIDERANDO: El estudio, tratamiento sobre tablas y aprobación del expediente de referencia realizado por los Ediles integrantes del H. Cuerpo en Sesión Ordinaria de fecha 4 de noviembre de 2.021;

Que el próximo viernes 5 de noviembre se realiza el “Primer Encuentro de Redes Rivadavia – Junín sobre Protección de Niños, Niñas y Adolescentes”;

Que todos los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a la vida, integridad, salud, educación, y buena calidad de vida en general;

Que la Ley 26.061 sobre la Protección Integral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, en su Artículo 9º, establece: Derecho a la dignidad y a la integridad personal;

Que todos las niñas, niños y adolescentes tienen derecho a la dignidad como sujetos de derechos y de personas en desarrollo; a no ser sometidos a tratos violentos, discriminatorios, vejatorios, humillantes, intimidatorios, a no ser sometidos a ninguna forma de explotación económica, torturas, abusos o negligencias, explotación sexual, secuestro o tráfico para cualquier fin o en cualquier forma o condición cruel o degradante;

Que sus derechos se pueden agrupar en cuatro puntos fundamentales:
• El interés superior del menor.
• El derecho a la vida.
• La supervivencia.
• El derecho a la participación.

Que cuando estos derechos son vulnerados es necesaria su restitución de la manera más inmediata posible para que los mismos puedan gozar y disfrutar las facultades que poseen;

Que como Estado debemos involucrarnos y garantizar el cumplimiento de los Derechos de niñas, niños y adolescentes para su bienestar y desarrollo;

Que una manera activa de involucrarnos es velar para asegurar los recursos, medios y mecanismos para la integración en plenitud de los derechos y deberes de cada menor de edad;

Que como sociedad debemos trabajar solidariamente en busca de bases primordiales de libertad de expresión, de vivir en un ambiente sano y de forma igualitaria para poder desarrollarse de manera sana y plena;

Que es por lo expuesto que es de vital envergadura el Encuentro a realizarse el 5 de noviembre designado como: Redes Rivadavia – Junín sobre Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en el Cine Ducal en el Departamento de Rivadavia;

Que dicho encuentro está dirigido a todas las personas que trabajan en abordaje de problemáticas vinculadas a la Niñez y Adolescencia de los Departamentos de Junín y Rivadavia;

Que el objetivo principal de llevar a cabo esta reunión es determinar la situación actual para la realización de un diagnóstico y planificar acciones a tomar para trabajarlas de manera conjuntas entre ambos Departamentos; y

Las facultades otorgadas por la Ley 1.079 Orgánica de Municipalidades:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN
RESUELVE:

Artículo 1°: Declarar de Interés Socio Cultural el “Primer Encuentro de Redes Rivadavia – Junín sobre Protección de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes”, que se llevará a cabo en las instalaciones del Cine Ducal de la Ciudad de Rivadavia, el viernes 5 de noviembre del corriente año.-

Artículo 2º: Regístrese, hágase saber y archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES CABILDO DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN, A LOS CUATRO DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO.-

JULIO EDUARDO MERCADO / Secretario H.C.D. 

RICARDO MORCOS / Presidente H.C.D.