RESOLUCIÓN N° 3.900 / 2.021
VISTO: El Expediente Nº 234/H.C.D.-B/21 caratulado “Proyecto de Resolución del Bloque FdT. Solicitar al D.E. obtenga un informe sobre reestructuración y mejoramiento de la planta depuradora cloacal ubicada en Carril Centro”;
CONSIDERANDO: El estudio del expediente de referencia realizado por los Ediles integrantes de la Comisión de Medio Ambiente, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano del H. Cuerpo a través del Dictamen N° 21-229;
La situación del mal funcionamiento de la planta depuradora de Junín ubicada en Carril Centro S/N entre calles Martínez y Arrascaeta;
Que el mal funcionamiento provoca malos olores que afecta a los vecinos colindantes a la planta, este radio de pestilencia puede llegar en días de altas temperaturas a superar los 2 km a la redonda, sin contar los días en los que el viento lleva el mal olor aún más lejos;
Que estos olores no solamente generan malestar, sino que además genera un perjuicio constante a la salud de quienes respiran aire contaminado con gases de alta conductividad toxica resultado del mal funcionamiento;
Que el agua mal potabilizada que se utiliza para riego de cultivos perjudica al crecimiento de dicho cultivo ya que desde el primer el agua utilizada no tiene la potabilidad correspondiente para dicho uso;
Que por la situación descripta, es que es necesario que se tomen cartas en el asunto, con el fin de mejorar la calidad de vida de los vecinos que habitan diariamente en la zona;
Que dicho establecimiento potabilizador en su correcto funcionamiento no debería despedir ningún tipo de pestilencia, asimismo brindar un agua apta para riegos de cultivos;
Que los Municipios de San Martin y Rivadavia han hecho hincapié en obras destinadas a mejorar las plantas de cada uno de sus Municipios, para así brindar un mejor servicio, una mejor calidad de vida, más puestos de trabajo, y entendiendo que el eje de la obra es siempre con miras al futuro;
Que la Municipalidad de Junín lleva adelante políticas de cuidado ambiental, reciclaje y reutilización de recursos, este tema no debe quedar ajeno al cuidado del medio ambiente, ya que la toxicidad de los gases genera daños a corto, mediano y largo plazo;
Que la Municipalidad de Junín debe tener en cuenta el crecimiento demográfico del Departamento, y como tal el aumento de los residuos cloacales líquidos y sólidos, por ende el acuerdo y convenios con AySAM deben ser primordiales para las generaciones futuras;
Que el estudio realizado por los Ediles en Comisión, considera que es necesario aprobar este proyecto y realizar el reclamo a las autoridades de AySAM, que es de conocimiento que ya están iniciadas todas las gestiones para reubicar la planta de tratamiento en cuestión en forma conjunta con el Departamento de San Martín; y
Las facultades otorgadas por la Ley 1.079 Orgánica de Municipalidades:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN
RESUELVE:
Artículo 1°: Solicitar al Departamento Ejecutivo que realice todas las gestiones necesarias ante las autoridades de AySaM, para que se tomen las medidas técnicas necesarias a fin dar solución a la emanación de gases de alta conductividad tóxica, de la Planta Tratamiento de Líquidos Cloacales, ubicada en Carril Centro y Calle Arrascaeta del Distrito La Colonia.-
Artículo 2º: Pase al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES CABILDO DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN, A LOS CUATRO DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO.-
JULIO EDUARDO MERCADO / Secretario H.C.D.
RICARDO MORCOS / Presidente H.C.D.