RESOLUCIÓN N° 3910 / 2021

Nov 11, 2021

RESOLUCIÓN N° 3.910 / 2.021

VISTO: El Expediente Nº 236/H.C.D.-B/21 caratulado “Proyecto de Resolución del Edil F. Navarro. Solicitar al D.E. realice una campaña de concientización y prevención sobre el cáncer de piel”; y

CONSIDERANDO: El estudio de la nota de referencia realizado por los Ediles integrantes de la Comisión de Salud Pública y Desarrollo Sociocultural del H. Cuerpo a través del Dictamen N° 21-236;
La necesidad de realizar una campaña para concientizar y promocionar la prevención sobre el cáncer de piel a los ciudadanos de Junín;

Que el daño solar, las exposiciones reiteradas e indiscriminadas producen a largo plazo un envejecimiento prematuro, lesiones precancerosas y cáncer de piel;

Que el cáncer de piel es el tipo más común de los cánceres en el ser humano. En los últimos 30 años más gente ha desarrollado un cáncer de piel que cualquier otro tipo de cáncer;

Que una de las causas más importantes es la exposición excesiva y reiterada al sol sin su debida protección, camas solares, y además la presencia de antecedentes familiares de cáncer de piel;

Que la Organización Mundial de la Salud (OMS) estima que cada año se producen entre dos y tres millones de casos de cáncer de piel en todo el mundo. El más agresivo es el melanoma, que –afortunadamente- es mucho menos frecuente: ocasiona al año unos 132.000 casos en el mundo;

Que la forma más eficaz de prevenir el cáncer de piel es adoptando políticas públicas que tengan por objetivo realizar campañas a través de medios masivos de difusión para educar al ciudadano para que el mismo tome conciencia de cómo, cuándo y cuánto exponerse al sol como así también visitar a un médico dermatólogo una vez por año;

Que es necesario e importante que se realice este tipo de campañas en todas las estaciones del año pero principalmente cuando comienza la primavera, ya que las personas comienzan a exponerse con más frecuencia al sol sin protección o a las máquinas de estéticas que realizan bronceados artificiales;

Que es esencial que médicos dermatólogos, clínicas, hospitales de la zona se adhieran a la campaña contribuyan a la educación sobre la salud de la piel;

Que el estudio realizado por los Ediles considera importante aportar desde el Municipio a través de sus medios de comunicación, a la concientización de la población sobre enfermedades de riesgo; y

Las facultades otorgadas por la Ley 1.079 Orgánica de Municipalidades:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN
RESUELVE:

Artículo 1°: Solicitar al Departamento Ejecutivo, a través del área que corresponda, la realización de una campaña de concientización y prevención sobre el cáncer de piel.-

Artículo 2°: Pase al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES CABILDO DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN, A LOS ONCE DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO.-

JULIO EDUARDO MERCADO / Secretario H.C.D. 

RICARDO MORCOS / Presidente H.C.D.