RESOLUCIÓN N° 3.942 / 2.022
VISTO: El Expediente Nº 009/H.C.D.-B/22 caratulado “Proyecto de Resolución del Edil F. Navarro, avala Edil R. Maravilla. Solicitar al D.E. que autorice la difusión sobre la Campaña de Vacunación contra el Sarampión”; y
CONSIDERANDO: El estudio del expediente de referencia realizado por los Ediles integrantes de la Comisión de Salud Pública y Desarrollo Sociocultural del H. Cuerpo a través del Dictamen N° 22-013;
La necesidad de darle publicidad a la campaña de vacunación contra el sarampión;
Que según la OMS el sarampión es una enfermedad viral muy contagiosa que afecta sobre todo a los niños y puede causar severos problemas de salud, incluyendo diarrea intensa, infecciones de oído, ceguera, neumonía y encefalitis (inflamación del cerebro);
Que a nivel mundial sigue siendo una de las principales causas de muerte en niños pequeños, pese a que existe una vacuna segura y eficaz para prevenirla;
Que no existe ningún tratamiento antiviral específico contra el virus del sarampión;
Que antes de que comenzara la vacunación masiva en 1.980, el sarampión mataba a 2,6 millones de personas al año en todo el mundo, 12.000 de ellas en las Américas;
Que la OMS estima que la vacuna contra el sarampión previno 17.1 millones de muertes en el mundo entre los años 2.000 y 2.014, con un descenso del 79% en las defunciones. Y además establece que el sarampión sigue circulando en otras regiones del mundo, y los países de las Américas reportan casos importados esporádicos;
Que para mantener la eliminación del sarampión, la OPS/OMS y el Comité Internacional de Expertos para la Eliminación del Sarampión y la Rubéola recomiendan que todos los países de las Américas fortalezcan la vigilancia activa y mantengan una alta inmunidad en la población a través de la vacunación;
Que el estudio realizado por los Ediles en Comisión, considera la posibilidad de aprobar este proyecto como apoyo publicitario y de concientización, siempre con la autorización del Ministerio de Salud de la Provincia; y
Las facultades otorgadas por la Ley 1.079 Orgánica de Municipalidades:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN
RESUELVE:
Artículo 1°: Solicitar al Departamento Ejecutivo que, a través de la Dirección de Prensa del Municipio, realice la difusión de la Campaña de Vacunación contra el Sarampión, siempre con la autorización del Ministerio de Salud Pública de la Provincia de Mendoza, con el objetivo de prevenir la reintroducción del virus al país.-
Artículo 3°: Pase al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES CABILDO DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN, A LOS DIECISIETE DÍAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL VEINTIDOS.-
JULIO EDUARDO MERCADO / Secretario H.C.D.
RICARDO MORCOS / Presidente H.C.D.