RESOLUCIÓN N° 3.977 / 2.022
VISTO: El Expediente N° 050/H.C.D.-B/22 caratulado “Proyecto de Resolución de las Ediles M. Núñez y N. Rabite, avalan Ediles L. Reta y R. Ramírez. Solicitar al D.E. la construcción de un playón deportivo en el espacio donado de acuerdo a la Ordenanza 463/2014”; y
CONSIDERANDO: El estudio del expediente de referencia realizado por los Ediles integrantes de la Comisión de Obras y Servicios Públicos, Movilidad Urbana y Vivienda del H. Cuerpo a través del Dictamen N° 22-046;
La necesidad de construir un playón deportivo – recreativo ubicado entre las Calles Alejandra Andino al sur, Adriana Blanco al norte, Roque Echegaray al oeste y Loteo Monteavaro al este. El mismo es un espacio donado por el Sr. Luis Pedro Clemente Monteavaro, a través de la Ordenanza N° 463/2014;
Que se requiere construir un espacio destinado al deporte o recreación ya sea para niños/as, adolescentes, jóvenes y adultos mayores;
Que actualmente se encuentra en estado de abandono, y algunos vecinos/as colindantes al terreno, han realizado una obra clandestina y precaria, invadiendo parte del terreno en cuestión;
Que se adjuntan fotos del lugar, como así también plano del mismo, Ordenanza N° 463/2014 y un bosquejo tentativo del playón deportivo – recreativo;
Que la construcción de este playón nace de un pedido de los vecinos/as del lugar, que atestiguan que ese terreno por las noches es habitado por los/as jóvenes para realizar actividades inadecuadas;
Que la concreción del proyecto aportaría mayor seguridad al vecindario, al tener el espacio urbanizado e iluminado. Además aportaría bienestar y tranquilidad a los padres de niños que allí jueguen, por poder tenerlos cerca y cuidados;
Que los espacios deportivos – recreativos conforman un espacio de contención, de generación de lazos entre los seres humanos de distintas generaciones. niños/as, adolescentes y adultos, hacen uso de los beneficios que ella les brinda, pero también son los que aportan con su estar a la revalidación de esos espacios;
Que el municipio se caracteriza por cuidar y mantener los espacios públicos, como así también por recuperarlos para que los vecinos puedan disfrutarlos;
Que el estudio realizado por los Ediles en Comisión, considera de suma importancia brindar un espacio para la práctica de deportes de la comunidad del lugar, mediante el cual se mejora la calidad de vida de los mismos, por cuanto se sugiere aprobar este proyecto;
Las facultades otorgadas por la Ley 1.079 Orgánica de Municipalidades:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN
RESUELVE:
Artículo 1°: Solicitar al Departamento Ejecutivo que, a través del área que corresponda, construya un playón deportivo – recreativo, en el terreno donado por el Sr. Luis Pedro Clemente Monteavaro a través de la Ordenanza N° 463/2014, que se ubica entre las calles Alejandra Andino al sur, Adriana Blanco al norte, Roque Echegaray al oeste y Loteo Monteavaro al este, de la Ciudad de Junín.-
Artículo 2°: Pase al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES CABILDO DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN, A LOS VEINTIOCHO DÍAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL VEINTIDÓS.-
JAVIER ALEJANDRO MORALEZ / Subsecretario H.C.D.
RICARDO MORCOS / Presidente H.C.D.