RESOLUCIÓN N° 4037 / 2022

Jun 16, 2022

RESOLUCIÓN N° 4.037 / 2.022

VISTO: El Expediente N° 106/H.C.D.-B/22 caratulado “Proyecto de Resolución de la Edil F. Coria, avalan Ediles N. Rabite y G. Guiñazú. Sol. al D.E. construya paseo y pista de salud en Carril Sud Alto Verde (entre calles Olivares y Martínez), Ing. Giagnoni”; y

CONSIDERANDO: El estudio del expediente de referencia realizado por los Ediles integrantes de la Comisión de Obras y Servicios Públicos, Movilidad Urbana y Vivienda del H. Cuerpo a través del Dictamen N° 22-094;
La necesidad puesta de manifiesto por los vecinos de Ingeniero Giagnoni de contar con espacios públicos donde las personas puedan desarrollar su vida social y mejorar su salud;
Que los habitantes del Departamento de Junín apuestan a vivir saludablemente, y es nuestro deseo integrar a todos los vecinos de los distritos con las mismas posibilidades que aquellos que viven en la Ciudad de Junín mediante la concreción de paseos y pistas de salud;
Que la construcción de un paseo con pista o sector de salud, sería realizada en un tramo de aproximadamente 900 mts, sobre carril Sud Alto Verde;
La aceptación que ha tenido la comunidad de Junín sobre los espacios donde la gente puede recrearse, realizar actividad física en familia, bajo condiciones de seguridad;
Que la implementación de pistas de salud introduce hábitos de actividad física, favoreciendo la prevención de actitudes sedentarias asociadas a distintas edades, sobre todo las avanzadas y aportan una solución visible a una problemática actual como la obesidad;
Que las pistas de salud desarrollan un programa estable de actividades físico -deportivas dirigido a la participación de jóvenes, adultos y adultos mayores, con el objetivo de mejorar la calidad de vida de los ciudadanos de Junín y contribuir a un envejecimiento sano, integral, favorecer su autoestima y una actitud positiva ante la vida;
Que la actividad física, favorece y contribuye a una vida más sana y saludable en la población y permite ocupar el tiempo libre de manera activa;
Que el estudio realizado por los Ediles en Comisión, considera importante aprobar este proyecto que tiene como objetivo brindar a la población un espacio para la recreación y la práctica de actividad física al aire libre y en forma gratuita; y
Las facultades otorgadas por la Ley 1.079 Orgánica de Municipalidades:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN
RESUELVE:

Artículo 1°: Solicitar al Departamento Ejecutivo que, a través de la Secretaría de Obras, construya un paseo y una pista o sector de salud en Carril Sud Alto Verde (entre calles Olivares y Martínez) ubicado sobre el costado norte del mencionado carril, Distrito Ingeniero Giagnoni (Anexo I).-
Artículo 2º: Que se coloquen cestos de basura y cartelería de “no arrojar basura”, que garanticen el mantenimiento del espacio urbano.-
Artículo 3°: Que la pista o sector de salud mencionada en el Art 1°, se realice con las siguientes máquinas de ejercicios:
-Esquí de fondo.
-Cintura.
-Patines.
-Columpio.
-Timón.
-Barras.-
Artículo 4°: Pase al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES CABILDO DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN, A LOS DIECISÉIS DÍAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL VEINTIDÓS.-

JULIO EDUARDO MERCADO / Secretario H.C.D. 

RICARDO MORCOS / Presidente H.C.D.