VISTO: El Expediente N° 1001-8845/2022 caratulado “Conjunto de Danzas La Huella Prof. Germán Aciar sol. instalaciones del Polideportivo La Colonia / XXI Festival Nacional Competitivo…días 10 y 11 de…”; y
CONSIDERANDO: El estudio del expediente de referencia realizado por los Ediles integrantes de la Comisión de Legislación General, Peticiones, Poderes, Reglamento y Derechos Humanos del H. Cuerpo a través del Dictamen N° 22-147;
Que a fs. 1, mediante la Nota N° 503/2022, los Profesores German Aciar y Elizabeth Ocampo, Presidente y Vicepresidente respectivamente de la Comisión Organizadora del Certamen Competitivo y Participado La Huella, solicitan las instalaciones del Polideportivo La Colonia;
Que dicho evento se realizará los días 10 y 11 de septiembre del corriente año, en su XXI Edición;
Que en fs. 2 a 4 se adjunta acta de designación de las autoridades y documentación personal de los causantes;
Que Secretaria de Gobierno eleva los obrados al Honorable Concejo Deliberante para su estudio y consideración;
Que el estudio realizado por los Ediles en Comisión, considera que dicho evento se realiza año tras año, siendo ya uno de los tradicionales, dando un aporte importante a la cultura de la danza en el Departamento, por cuanto sugiere acceder a lo solicitado, siempre teniendo en cuenta que las instalaciones deberán devolverse en el mismo estado y la responsabilidad de los organizadores de asegurar a las personas que asistan al evento; y
Las facultades otorgadas por la Ley 1.079 Orgánica de Municipalidades:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE JUNIN
RESUELVE:
Artículo 1°: Autorizar el préstamo del Polideportivo La Colonia, requerido en Expediente N° 1001-8845/2.022, para albergar el XXI Festival Nacional Competitivo y Participativo La Huella 2.022, a realizarse los días 10 y 11 de septiembre del corriente año.-
Artículo 2º: Autorizar al Departamento Ejecutivo a eximir del pago que establece la Ordenanza Tarifaria vigente, por:
Polideportivo La Colonia—— Cap. 5 Art. 7º Inc. 1- Rubro 1 Apartado 3.-
Artículo 3°: Se deberá tener en cuenta: Cap. 5 Art. 7º Inc. 2 Rubro 1- Apartado 01 “El uso de las instalaciones en caso de roturas o pérdidas (vidrios, artefactos eléctricos o cualquier otro elemento instalado en el albergue, quincho, complejo deportivos, etc.), deberá ser restituido o abonado de acuerdo al costo actual sin excepción alguna particular o empleado municipal”. Así mismo los peticionantes deberán presentar 72 horas antes del evento los certificados de pago de: SADAIC y AADI – CAPIF y Seguro de Espectador, ante la Subdirección de Rentas de la Municipalidad de Junín. Correrá por cuenta de los organizadores la contratación de los servicios de seguridad dentro y fuera del lugar donde se realiza el evento.-
Artículo 4°: Pase al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES CABILDO DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN, A LOS OCHO DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTIDÓS.-
JULIO EDUARDO MERCADO / Secretario H.C.D.
RICARDO MORCOS / Presidente H.C.D.