VISTO: El Expediente N° 180/H.C.D.-B/22 caratulado “Proyecto de Resolución de la Edil N. Rabite, avalan Ediles G. Guiñazú, R. Maravilla y L. Reta. Sol. al D.E. construya pista o sector de salud en la Plaza del B° Minetto, Ciudad de Junín”; y
CONSIDERANDO: El estudio del expediente de referencia realizado por los Ediles integrantes de la Comisión de Obras y Servicios Públicos, Movilidad Urbana y Vivienda del H. Cuerpo a través del Dictamen N° 22-161;
La necesidad de construir una pista de salud en el espacio verde de la Plaza del Barrio Minetto de la Ciudad de Junín;
Que la actividad física, favorece y contribuye a una vida más sana y saludable en la población y permite ocupar el tiempo libre de manera activa;
La aceptación que ha tenido en los vecinos/as del Departamento de Junín un espacio donde la gente puede recrearse, realizar actividad física en familia, bajo condiciones de seguridad;
Que las pistas de salud desarrollan un programa estable de actividades físico – deportivo dirigido a la participación de jóvenes, adultos y adultos mayores del departamento;
Que con el objetivo de mejorar la calidad de vida de los vecinos/as del Departamento de Junín y contribuir a un envejecimiento sano, integral, favorecer su autoestima y una actitud positiva ante la vida, ampliando sus posibilidades de comunicación, organización social, entre otros beneficios;
Que la implementación de pistas de salud introduce hábitos de actividad física, favoreciendo la prevención de actitudes sedentarias asociadas a distintas edades, sobre todo las avanzadas y aportan una solución visible a una problemática actual como la obesidad infantil;
Que el estudio realizado por los Ediles en Comisión, considera que por todos los fundamentos expuestos en este proyecto, es necesario la aprobación del mismo; y
Las facultades otorgadas por la Ley 1.079 Orgánica de Municipalidades:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN
RESUELVE:
Artículo 1°: Solicitar al Departamento Ejecutivo que, a través de la Secretaría de Obras, se disponga la construcción de una pista o sector de salud en la plaza del Barrio Minetto de la Ciudad de Junín.-
Artículo 2º: Solicitar al Departamento Ejecutivo que, a través de las Secretarías de Obras y de Servicios Públicos, el reacondicionamiento y embellecimiento de la Plaza del Barrio Minetto, de la Ciudad de Junín.-
Artículo 3º: Solicitar al Departamento Ejecutivo que, a través de las Secretarías de Obras y de Servicios Públicos, se disponga la colocación de cestos de basura y cartelería de “no arrojar basura”, que garanticen el mantenimiento del espacio urbano.-
Artículo 4º: Se sugiere, que la pista o sector de salud mencionada en el Art. 1°, se realice con los siguientes ejercitadores y cartelería de instrucción correspondiente:
-Esquí de fondo.
-Cintura.
-Patines.
-Columpio.
-Timón.
-Barras.
Artículo 5°: Pase al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES CABILDO DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN, A LOS VEINTINUEVE DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTIDÓS.-
JULIO EDUARDO MERCADO / Secretario H.C.D.
RICARDO MORCOS / Presidente H.C.D.