VISTO: El Expediente Nº 035/H.C.D.-B/23 caratulado “Proyecto de Resolución de la Edil L. Reta, avalan Ediles G. Guiñazú y R. Maravilla. Sol. al D.E. se coloque cartel de parada y demarcación correspondiente sobre calles I. Estrella y L. Segura, Ciudad de Junín”; y
CONSIDERANDO: El estudio del expediente de referencia realizado por los Ediles integrantes de la Comisión de Obras y Servicios Públicos, Movilidad Urbana y Vivienda del H. Cuerpo a través del Dictamen N° 23-031;
La necesidad puesta de manifiesto por los vecinos de señalizar la parada de colectivos ubicada en calle Ladislao Segura, costado oeste, al llegar a la intersección con calle Isaac Estrella de la Ciudad de Junín;
Que la señalización de paradas de colectivos es una medida que no solo ordena e informa, sino que brinda seguridad a quienes utilizan este medio de transporte público;
Que en la zona se encuentran muchos comercios, consultorios, organismos de salud, proximidad a colegios del departamento y espacios de recreación;
Que se adjuntan imágenes que constatan la necesidad planteada;
Que el estudio realizado por los Ediles en Comisión considera que la situación planteada por los vecinos a través de este proyecto, es real y es parte del ordenamiento del tránsito y, además, seguridad para quienes utilizan las paradas, por ello sugiere la aprobación del mismo; y
Las facultades otorgadas por la Ley 1.079 Orgánica de Municipalidades:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN
RESUELVE:
Artículo 1°: Solicitar al Departamento Ejecutivo que, a través del área que corresponda, proceda a colocar el cartel de parada de colectivos con su correspondiente demarcación sobre el piso, en calle Ladislao Segura (costado oeste), antes de su intersección con calle Isaac Estrella, Ciudad de Junín.-
Artículo 2°: Pase al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES CABILDO DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN, A LOS CUATRO DÍAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL VEINTITRÉS.-
JULIO EDUARDO MERCADO / Secretario H.C.D.
RICARDO MORCOS / Presidente H.C.D.