VISTO: El Expediente Nº 092/HCD-B/23 caratulado “Proyecto de Resolución de la Edil F. Coria, avalan Ediles G. Guiñazú y S. Roldán. Sol. al D.E. construya pista de salud frente al B° Algarrobo Histórico sobre Carril Centro Costado Norte”; y
CONSIDERANDO: El estudio del expediente de referencia realizado por los Ediles integrantes de la Comisión de Obras y Servicios Públicos, Movilidad Urbana y Vivienda del H Cuerpo a través del Dictamen N° 23-099;
La necesidad de los vecinos de Algarrobo Grande en contar con espacios públicos donde las personas puedan desarrollar su vida social y mejorar su salud;
Que los residentes del Departamento de Junín apuestan a vivir saludablemente, y es nuestro deseo integrar a todos los vecinos de los distritos con las mismas posibilidades que aquellos que viven en Ciudad, mediante la colocación de paseos y pistas de salud;
Que la construcción de la pista o sector de salud, sería realizada en una extensión de aproximadamente 70 mts, sobre Carril Centro, costado norte (frente al Barrio Algarrobo Histórico);
La aceptación que ha tenido la comunidad de Junín sobre los espacios donde la gente puede recrearse, realizar actividad física en familia, bajo condiciones de seguridad;
Que la actividad física, favorece y contribuye a una vida más sana y saludable en la población;
Que la implementación de pistas de salud introduce hábitos de actividad física, favoreciendo la prevención de actitudes sedentarias asociadas a distintas edades, sobre todo las avanzadas y aportan una solución visible a una problemática actual como la obesidad;
Que las pistas de salud desarrollan un programa estable de actividades físico -deportivas dirigido a la participación de jóvenes, adultos y adultos mayores del departamento, con el objetivo de mejorar la calidad de vida de los ciudadanos de Junín y contribuir a un envejecimiento sano, integral, favorecer su autoestima y una actitud positiva ante la vida;
Que el presente proyecto se incorpore en el Presupuesto Municipal 2.024;
Que permite ocupar el tiempo de ocio de manera activa;
Que se adjunta mapa de referencia, señalizando el lugar donde se ejecutará la obra;
Que el estudio realizado por los Ediles en Comisión considera, que promover la práctica del ejercicio físico para las personas es contribuir a la salud de los mismos, que es necesario fomentar la actividad a través de obras que acerquen a los vecinos esa posibilidad, brindando un espacio adecuado, por lo tanto se sugiere aprobar este proyecto;
Las facultades otorgadas por la Ley 1.079 Orgánica de Municipalidades:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN
RESUELVE:
Artículo 1°: Solicitar al Departamento Ejecutivo que, a través del área de Obras y Servicios Públicos, se ejecute la construcción de una “pista o sector de salud”, frente al Barrio “Algarrobo Histórico” sobre Carril Centro costado norte, Distrito Algarrobo Grande. –
Artículo 2°: Que la pista o sector de salud mencionada en el artículo anterior se realice con las siguientes máquinas de ejercicios:
a)Esquí de fondo, b) Cintura, c) Patines, d) Columpio, e) Timón , f) Barras.-
Artículo 3°: Pase al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES CABILDO DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN, A LOS DOCE DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTITRÉS.-
JULIO EDUARDO MERCADO / Secretario H.C.D.
RICARDO MORCOS / Presidente H.C.D.