VISTO: El Expediente N° 094/HCD-B/2023 caratulado “Proyecto de Resolución de la Edil R. Maravilla, avalan Ediles S. Roldán, F. Coria y N. Rabite. Instalar una placa que exhiba los derechos del niño en los parques de juegos infantiles del depto..”;
CONSIDERANDO: El estudio del expediente de referencia realizado por los Ediles integrantes de la Comisión de Promoción e Integración Social y Equidad de Género del H. Cuerpo a través del Dictamen N° 23-106;
La necesidad y la responsabilidad de nuestro municipio de promover y fomentar los derechos del niño;
Que los parques infantiles constituyen un espacio recreativo significativo para los niños del departamento;
Que es esencial promover y garantizar los derechos de los niños en nuestra sociedad, siendo estos derechos fundamentales para su desarrollo integral y bienestar;
Que el 20 de noviembre se conmemora la Convención sobre los Derechos del Niño, un tratado internacional que reconoce y establece derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales para todos los niños y adolescentes; y resalta la importancia de garantizar el bienestar, la protección y el desarrollo pleno de los niños y adolescentes;
Que la instalación de una placa conmemorativa en el Parque Noelia que exhiba los derechos del niño, servirá como un recordatorio constante de estos derechos fundamentales para toda la comunidad y especialmente para los niños y adolescentes que visitan el parque, reforzando así el compromiso de nuestra comunidad con los principios establecidos en la Convención sobre los Derechos del Niño; y
Las facultades otorgadas por la Ley 1.079 Orgánica de Municipalidades:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN
RESUELVE:
Artículo 1°: Solicitar al Departamento Ejecutivo la colocación de una placa conmemorativa que exhiba los Derechos del Niño en los parques de juegos infantiles de nuestro departamento, considerando un parque de juegos por distrito.-
Artículo 2º: Encomendar al Departamento Ejecutivo, en coordinación con la Subsecretaría de desarrollo Social y el Área de Niñez, Adolescencia y familia, la tarea de diseñar, producir e instalar la placa.-
Artículo 3°: Los Derechos del Niño que deberán ser inscriptos en la placa conmemorativa son los siguientes:
*Derecho a la vida, supervivencia y desarrollo; *Derecho a la no discriminación; *Derecho a la participación; *Derecho a la educación; *Derecho a la protección contra la violencia y el abuso; *Derecho a la salud; *Derecho a la recreación y el juego; *Derecho a la identidad; *Derecho a la libertad de expresión; *Derecho a la protección contra la explotación y el abuso sexual.-
Artículo 4°: Fomentar que las escuelas y organizaciones locales establezcan visitas educativas a los parques de juegos para aprender sobre los Derechos del Niño
Artículo 5°: Pase al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES CABILDO DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN, A LOS NUEVE DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTITRÉS.-
JULIO EDUARDO MERCADO / Secretario H.C.D.
RICARDO MORCOS / Presidente H.C.D.