VISTO: El Expediente N° 034/HCD-B/2024: caratulado “Proyecto de Resolución del Edil M. Manunccia, avalan Ediles G. Guiñazú y F. Coria. Sol. al D.E. demarque sendas peatonales en intersección de calles Belgrano / Avendaño y Belgrano / Chañar”; y
CONSIDERANDO: El estudio del expediente de referencia realizado por los Ediles integrantes de la Comisión de Obras y Servicios Públicos, Movilidad Urbana y Vivienda del H. Cuerpo a través del Dictamen N° 24-040;
Que es necesaria la demarcación de sendas peatonales en cruces de mayor circulación;
Que cuando nos referimos a la importancia de la demarcación de sendas peatonales se hace alusión a seguridad vial;
Que la seguridad vial es para la prevención de accidentes viales entre peatones y conductores de vehículos;
Que las señales de tránsito facilitan la convivencia y determinan el deber que tiene cada ciudadano al tener que cumplirlas;
Que el objetivo de este proyecto es solicitar la demarcación de sendas peatonales en la intersección de las calles Belgrano/Avendaño y Belgrano/Chañar;
Que a pesar de que en ambas esquinas hay existencia de semáforos, los vehículos al detenerse no da lugar el cruce de peatones;
Que al suceder lo anteriormente nombrado los transeúntes al momento de cruzar de una calzada a otra, lo hacen entre los diferentes vehículos por delante o detrás de los mismos y pueden no ser vistos por los conductores;
Que el estudio realizado por los Ediles en Comisión considera necesario mantener en buen estado las sendas peatonales, ya que son de suma importancia en la movilidad urbana, dando protección al peatón y que el conductor pueda visualizar las mismas para respetarlas, por lo tanto se sugiere la aprobación de este proyecto; y
Las facultades otorgadas por la Ley 1.079 Orgánica de Municipalidades:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN
RESUELVE:
Artículo 1°: Solicitar al Departamento Ejecutivo que, a través de la Secretaría de Obras Públicas, realice la demarcación de sendas peatonales en la intersección de las calles Belgrano y Avendaño y Belgrano y Chañar de la Ciudad de Junín.-
Artículo 2°: Pase al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES CABILDO DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN, A LOS NUEVE DÍAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO.-
JULIO EDUARDO MERCADO / Secretario H.C.D.
RICARDO MORCOS / Presidente H.C.D.