VISTO: El Expediente N° 033/HCD-B/2024: caratulado “Proyecto de Resolución de la Edil A. Montivero, avalan Ediles F. Coria y G. Guiñazú. Adhiérase al Decreto 499/2017 Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible”; y
CONSIDERANDO: El estudio del expediente de referencia realizado por los Ediles integrantes de la Comisión de Medio Ambiente, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano del H. Cuerpo a través del Dictamen N° 24-041;
Que la implementación de la Agenda 2030 sobre el Desarrollo Sostenible, es una oportunidad para que los países y sus sociedades emprendan un nuevo camino con el cual mejorar la vida de todas las personas. Esta implementación requiere un gran esfuerzo y compromiso sobre todo a nivel regional y local;
Que la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó a través de la Resolución Nº 70/15 del 25 de septiembre de 2.015 la “Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible”, en la que reconocen que en la actualidad el mayor desafío mundial es la erradicación de la pobreza y proponen un plan de acción a favor de las personas y el planeta mediante el fortalecimiento de la paz universal y el acceso a la justicia;
Que la Agenda para el Desarrollo Sostenible plantea 17 Objetivos de Desarrollo Sostenible y 169 metas, estos buscan beneficiar a todas las personas. Los ODS abarcan diferentes facetas del desarrollo social, la protección medioambiental y el crecimiento económico, siendo las principales:
– La erradicación de la pobreza y el hambre garantizando una vida sana.
– Universalizar el acceso a servicios básicos, como agua, saneamiento y energía sostenible.
– Apoyar la generación de oportunidades de desarrollo a través de la educación inclusiva y el trabajo digno.
– Fomentar la innovación e infraestructuras resilientes creando comunidades y ciudades capaces de producir y consumir de forma sostenible.
– Reducir las desigualdades en el mundo, especialmente las de género.
– Cuidar el medio ambiente, combatiendo el cambio climático y protegiendo los océanos y ecosistemas terrestres.
Que estos objetivos apuntan a erradicar la pobreza, proteger el planeta y asegurar la prosperidad. Los ODS son una guía de acción para el desarrollo sostenible de la población y las comunidades, cuya misión es reflejarse en acciones localizadas;
Que, se entiende por Desarrollo Sostenible aquel que tiende a satisfacer las necesidades del presente sin comprometer la capacidad de las futuras generaciones para satisfacer sus propias necesidades, siendo un modelo de desarrollo que conserva la importancia del crecimiento económico, revalorizando y priorizando el ámbito de integración social y cuidado y preservación medioambiental, con el firme propósito de no dejar a nadie atrás;
Que, en el marco de cumplimiento de dicha Agenda, el Estado Argentino a través del Consejo Nacional de Coordinación de Políticas Sociales, inició un trabajo de adaptación de dichos Objetivos y metas a la realidad nacional, provincial y local;
Que, como representantes del pueblo, es primordial garantizar el cumplimiento efectivo de nuestros compromisos constitucionales, proporcionar un marco acorde para la formulación y ejecución de políticas públicas que contribuyan al logro de los ODS, vinculando la temática de las iniciativas legislativas con cada uno de los ODS y sus metas e integrando los mismos a nivel local;
Que el estudio realizado por los Ediles en Comisión considera que por los fundamentos esgrimidos y lo solicitado en este proyecto, se sugiere su aprobación;
Las facultades otorgadas por la Ley 1.079 Orgánica de Municipalidades:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN
RESUELVE:
Artículo 1°: Adherir a la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible del Poder Ejecutivo Nacional.-
Artículo 2°: Solicitar al Departamento Ejecutivo adhiera a la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible del Poder Ejecutivo Nacional.-
Artículo 3°: Declarar de Interés Municipal el abordaje integral e interdisciplinario de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible de la Asamblea General de las Naciones Unidas.-
Artículo 4°: Promover la difusión, educación y concientización de los 17 Objetivos de desarrollo Sostenible y sus 169 metas, adaptándolas a la realidad del Municipio de Junín, articulando las acciones con entidades públicas y/0 privadas de carácter nacional, provincial y municipal.-
Artículo 5°: Pase al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES CABILDO DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN, A LOS NUEVE DÍAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO.-
JULIO EDUARDO MERCADO / Secretario H.C.D.
RICARDO MORCOS / Presidente H.C.D.