VISTO: El Expediente N° 041/HCD-B/2024 caratulado “Proyecto de Resolución del Bloque U.C.R. Declarar de Interés Ambiental, Social y Educativo el Programa Promotores Ambientales Escolares que desarrollará la Municipalidad de Junín y Junín Punto Limpio”; y
CONSIDERANDO: El estudio del expediente de referencia realizado por los Ediles integrantes de la Comisión de Medio Ambiente, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano del H. Cuerpo a través del Dictamen N° 24-044;
Que en el marco del Día del Ambiente que se celebra el próximo 5 de junio, la Municipalidad de Junín y Junín Punto Limpio presentarán el Programa “Promotores Ambientales Escolares”;
Que el objeto del programa radica en involucrar a los estudiantes de nivel secundario de las escuelas de nuestro Departamento para generar una sustentabilidad en la Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos (GIRSU) con un compromiso más profundo;
Que los promotores ambientales son aquellos ciudadanos que se comprometen a brindar información, inspeccionar y verificar el cumplimiento de las acciones sobre sostenibilidad entre los diferentes actores de la sociedad. Para ello, se les otorgan diferentes herramientas de conocimiento y capacitaciones sobre las ejecuciones vigentes en materia de preservación ambiental;
Que a través de la Resolución N° 4.333/24, el Concejo adhirió a la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, declarando de interés municipal el abordaje integral e interdisciplinario de dicha agenda;
Que la Agenda para el Desarrollo Sostenible plantea objetivos y metas, abarcando diferentes facetas, entre ellas, la protección medioambiental;
Que el Programa “Promotores Ambientales Escolares” tiene como finalidad, fortalecer y desarrollar las capacidades de los jóvenes para que sean ciudadanos que contribuyan con la protección del ambiente, el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales, el fortalecimiento de la institucionalidad ambiental y los mecanismos de participación ciudadana;
Que se adjunta al presente proyecto copia del Programa “Promotores Ambientales Escolares; y
Las facultades otorgadas por la Ley 1.079 Orgánica de Municipalidades:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN
RESUELVE:
Artículo 1°: Declarar de Interés Ambiental, Social y Educativo el Programa “Promotores Ambientales Escolares” que desarrollará la Municipalidad de Junín y Junín Punto Limpio junto a estudiantes de las escuelas secundarias del Departamento.-
Artículo 2°: Regístrese, hágase saber y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES CABILDO DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN, A LOS VEINTITRÉS DÍAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO.-
JULIO EDUARDO MERCADO / Secretario H.C.D.
RICARDO MORCOS / Presidente H.C.D.