RESOLUCIÓN N° 4341 / 2024

May 30, 2024

VISTO: El Expediente N° 047HCD-B/2024 caratulado “Proyecto de Resolución del Edil A. Deblasis, avalan Ediles G. Guiñazú y A. Montivero. Sol. al D.E. la implementación de pictogramas en las rampas peatonales de la vía pública del Departamento de Junín”; y

CONSIDERANDO: El estudio del expediente de referencia realizado por los Ediles integrantes de la Comisión de Obras y Servicios Públicos, Movilidad Urbana y Vivienda del H. Cuerpo a través del Dictamen N° 24-046;
La necesidad de realizar pictogramas en rampas peatonales de la vía pública para que el Departamento de Junín sea más inclusivo;

Que la pictografía es una forma de comunicación escrita que se remonta al neolítico, donde el hombre la usaba para representar objetos mediante dibujos en una lámina de piedra;

Que las personas con movilidad reducida tengan las calles y veredas accesibles para conectar accesos, circulaciones y destinos a través de una adecuada señalización;

Que el pictograma es una comunicación para facilitar el cruce seguro y correcto, proveer el espacio y sobre todo sensibilizar a la sociedad y al conductor, y a todos/as los/as usuarios/as de la vía pública para que el Departamento de Junín sea más inclusivo;

Que este tipo de escritura se compone de pictogramas, es decir, signos icónicos figurativos y realistas que representan de forma dibujada más o menos esquemática, objetos. La ventaja de este tipo de comunicación es que las personas se pueden entender sin la necesidad de compartir una misma lengua, ya que los pictogramas no se refieren a la forma lingüística ni fonética de una lengua;

Que el espacio o entornos en los que desarrollamos nuestra vida no se encuentran limitados solamente por barreras físicas, sino psicológicas, culturales, comunicativas, informativas, etc.;

Que los pictogramas son necesarios en todos los espacios públicos del Departamento, como establecimientos educativos, salas, zona céntrica, etc.;

Que el estudio realizado por los Ediles en Comisión considera, la importancia de realizar lo solicitado en las rampas peatonales del Departamento a modo de mejorar la información a toda la población para una superior utilización de esos accesos, por cuanto se sugiere la aprobación de este proyecto; y

Las facultades otorgadas por la Ley 1.079 Orgánica de Municipalidades:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN
RESUELVE:

Artículo 1°: Solicitar al Departamento Ejecutivo que, a través del área que corresponda, implemente pictogramas en las rampas peatonales de la vía pública del Departamento de Junín, para facilitar el acceso a la información a todas las personas con discapacidad motora.-

Artículo 2°: Solicitar al Departamento Ejecutivo, mediante el área que corresponda, la confección de esténcils con pictogramas cuyo diseño se presenta en el Anexo 1 de la presente, los que serán colocados en su oportunidad por el área correspondiente.-

Artículo 3º: Solicitar al Departamento Ejecutivo que, mediante el Área de Prensa y Difusión, realice campañas de promoción, difusión e información a través de los medios de comunicación respecto a los usos, significados e importancia de los pictogramas como recursos de comunicación para el respeto al acceso peatonal de los espacios regulados en la presente.-

Artículo 4°: Solicitar al Departamento Ejecutivo que, mediante el área que corresponda, confeccione esténcils con pictogramas cuyo diseño se presenta en el Anexo 1 de la presente, los que serán colocados en su oportunidad por el área correspondiente.-

Artículo 5°: Pase al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES CABILDO DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN, A LOS TREINTA DÍAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO.-

JULIO EDUARDO MERCADO / Secretario H.C.D. 

RICARDO MORCOS / Presidente H.C.D.