VISTO: El Expediente N° 092/HCD-B/2024 caratulado “Proyecto de Resolución del Edil A. Deblasis, avalan Ediles R. Maravilla y S. Roldán. Declarar a Junín Ciudad Amigable con el Rodanterismo”; y
CONSIDERANDO: El estudio del expediente de referencia realizado por los Ediles integrantes de la Comisión de Desarrollo Turístico, Cultural y Económico del H. Cuerpo a través del Dictamen N° 24-081;
Que se vería con agrado la declaración de Junín, Mendoza, como “Departamento Amigable con el Rodanterismo”;
Que se entiende por rodanterismo la actividad recreativa y deportiva que se realiza mediante el uso de vehículos motorizados, como motorhomes, autocaravanas, casas rodantes de tiro, camper o similar;
Que también se abren las puertas de nuestro departamento a un nuevo y creciente sector del turismo;
Que el Departamento de Junín cuenta con sectores preparados para recibir a visitantes y turistas en diferentes estaciones del año, tales como el Parque Recreativo Dueño del Sol y Pinar de Junín;
Que la Municipalidad de Junín debe colaborar con entidades públicas y privadas, implementando las siguientes medidas:
• Facilitar el acceso y circulación de vehículos motorizados.
• Proporcionar zonas de estacionamiento y servicios adecuados para los rodantes.
• Promover la creación de circuitos turísticos para rodantes.
• Fomentar la realización de eventos y actividades relacionadas con la vida al aire libre.
Que no existe diferencia de dinero entre un turista de hotel y un turista de casa rodante, pero si tienen la ventaja de la libertad;
Que resulta necesario crear un registro de proveedores de servicios y productos para rodantes;
Que el estudio realizado por los Ediles en Comisión considera que este tipo de actividad viene creciendo de la mano del turismo en sus distintas formas, ya que permite el traslado rápido de un lugar a otro y el acampe en los cámpings, clubes, parques, etc. Que el Departamento de Junín cuenta con lugares para albergar este modo de viajar, por lo tanto se sugiere la aprobación de este proyecto; y
Las facultades otorgadas por la Ley 1.079 Orgánica de Municipalidades:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN
RESUELVE:
Artículo 1°: Declarar a Junín como “Departamento Amigable con el Rodanterismo”, en reconocimiento a la importancia de promover y facilitar esta práctica en la región, abriendo las puertas a un nuevo sector turístico.-
Artículo 2º: Pase al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES CABILDO DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN, A LOS DOCE DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO.-
JULIO EDUARDO MERCADO / Secretario H.C.D.
RICARDO MORCOS / Presidente H.C.D.